Cualquier interrogante que tengan los lectores sobre la ampliación del Canal pueden enviarla a la dirección santiago.cumbrera@epasa.com y este diario pedirá su respuesta a la Autoridad del Canal de Panamá (ACP).
ACP. El proyecto de ampliación del Canal será administrado por la Autoridad del Canal de Panamá. Por lo tanto, todos los trabajos que se requieran contratar para la ampliación del Canal de Panamá, en caso de que el proyecto se apruebe, serán adjudicados mediante licitaciones públicas, las cuales serán realizadas de forma transparente y abiertas a la más amplia competencia. "Los requisitos mínimos para las licitaciones que lleva a cabo la ACP, como se puede comprobar mediante su sitio en Internet www.pancanal.com, exigen de las empresas altos estándares de calidad y de seriedad, y las propuestas debenestar respaldadas por toda la documentación requerida por las leyes de Panamá."
Además, existen mecanismos de seguimiento de los contratos para determinar si se cumple con ellos. Todos los controles internos y externos garantizarán que las contrataciones del proyecto de ampliación del Canal serán manejadas con la mayor transparencia.
ACP. Según lo estipulado en el Artículo 4 de la Ley 28 del 17 de julio de 2006:
"Las contrataciones que celebre la Autoridad del Canal de Panamá con respecto a la propuesta de construcción del tercer juego de esclusas, quedarán reflejadas en los presupuestos correspondientes, de conformidad con el Título XIV de la Constitución Política de la República, las leyes que lo desarrollan y los reglamentos que lo regulan. Durante el proceso de contratación y ejecución de la construcción del tercer juego de esclusas, la Autoridad del Canal de Panamá rendirá cuentas a la Asamblea Nacional, al Órgano Ejecutivo y a la Contraloría General de la República, mediante la presentación, cada tres meses, de informes públicos sobre el estado de las contrataciones y el avance de la obra. Estos informes serán objeto de amplia divulgación pública, tanto en los medios de comunicación, como en los sistemas informáticos del Órgano Ejecutivo a los que se accede a través de Internet.
En el caso de la rendición de cuentas a la Asamblea Nacional, el Presidente de la Junta Directiva y el Administrador de la Autoridad del Canal de Panamá, deberán comparecer personalmente al Pleno del Órgano Legislativo, una vez por semestre, o cuando la Asamblea Nacional lo requiera".