Nación

Adaptador de gas, en espera de aprobación de los bomberos

La norma fue aprobada por la Asamblea Nacional y promulgada por el Ejecutivo en diciembre de 2001. Se emitieron consultas al Ministerio de Comercio y la Acodeco, pero no dieron respuestas sobre el tema.


Domayko Olivares (domayko.olivares@epasa.com) / PANAMA AMERICA

Puntos destacados de la ley

  • 9 artículo autoriza el uso del adaptador, previo cumplimiento de los requisitos de la ley.
  • 5 componentes conforman el sistema de conexión de gas, entre ellos el adaptador.
  • 11 años han pasado desde que se promulgó la Ley 71 sobre el uso de adaptadores de gas.

A pesar de que hace 11 años se aprobó la Ley 71 mediante la cual se hacía obligatorio el uso de un adaptador, que permitiera al consumidor utilizar cualquiera de las dos marcas de tanques de gas subsidiado de 25 libras, este aparato no es utilizado porque no cuenta con el aval del Cuerpo de Bomberos de Panamá (CBP).

La Oficina de Seguridad del CBP alega que el uso de este aparato todavía no se permite, debido a que no se garantiza la eficacia y seguridad del mismo.

De las dos compañías de gas, solo Tropigas tiene a disposición el adaptador. Una llamada realizada a la empresa comprobó su disponibilidad cuando la consulta telefónica fue transferida al Departamento de Almacén. Ahí, un técnico confirmó que el dispositivo es gratuito y para retirarlo solo había que ir personalmente y dar el nombre y número de cédula.

Esto causó sorpresa en la Oficina de Seguridad del Cuerpo de Bomberos, debido a que desconocían por completo que dichos adaptadores estaban al alcance de los consumidores.

Se intentó buscar la versión de Tropigas y la consulta fue remitida vía correo electrónico al gerente de ventas de la empresa, Carlos López Navarro, quien no respondió por ese medio ni a llamadas telefónicas.

“No es de extrañar que ellos -Tropigas- tengan el adaptador, pues ellos fueron quienes impulsaron su uso”, opinó una fuente consultada en la Oficina de Seguridad de los bomberos.

Víctor Moreno, jefe de la Sección de Gas de la Oficina de Seguridad de los bomberos, aseguró no tener conocimiento de la existencia de alguna resolución por parte de alguna autoridad bomberil que diera aval al uso del adaptador.

El experto informó que hace cuatro años el que llevó el caso de los adaptadores fue el director retirado de la Oficina de Seguridad, capitán Eustorbio Márquez. Recordó que en su momento, el oficial argumentó que el uso del adaptador traería confusión para los bomberos en caso de un incidente o emergencia sobre a cuál de las dos compañías recurrir.

“Con reguladores sencillos tenemos toda clase de incidentes, ahora con dos que se pueden usar para ambos cilindros, eso complicaría más lo que es la seguridad”, aseguró.

La Oficina de Seguridad, al indagar a la empresa sobre el hecho, esta les remitió una copia digital de la Ley 71 cuando fue promulgada en Gaceta Oficial.

El caso actualmente está siendo analizado por los asesores legales de los bomberos y de haber algún incumplimiento podría traer sanciones a Tropigas.

En tanto, algunos comerciantes asiáticos que fueron consultados no recomendaron el uso del adaptador por considerarlo “peligroso”.

La Ley 71, en su artículo 12, establece que los elementos que conforman el sistema de conexión deben contar con la aprobación técnica de las Oficinas de Seguridad de los Bomberos, el Centro Experimental de Ingeniería de la Universidad Tecnológica y la Dirección General de Normas y Tecnología Industrial del Ministerio de Comercio e Industrias.

La Ley fue impulsada en la Asamblea por el diputado, José Luis Fábrega y el espíritu de ella fue implementar mayores normas de seguridad en la comercialización de los tanques subsidiados y promover una mayor competencia con el uso de los adaptadores.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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