Nación

Agentes privados solo podrán custodiar a reos en traslados


Los agentes de seguridad privada no podrán ser asignados a la seguridad interna de los centros penitenciarios como lo establecía el proyecto de ley presentado por la ministra de Gobierno, Roxana Méndez.

Este polémico punto introducido en las modificaciones del Artículo 100 de la Ley 55 de 2003, fue eliminado durante la discusión en primer debate de la iniciativa.

El documento original indicaba que “El personal de seguridad asignado a la seguridad interna de los centros penitenciarios acatarán la Constitución Política...”.

 

El cambio propuesto por la Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales de la Asamblea Nacional establece en el texto: “El personal de las agencias de seguridad, contratado para los efectos de esta ley, estará sujeto a cumplir la Constitución Política...”.

Seguridad privada trasladará a detenidos.
Sin embargo, la esencia del proyecto de ley se mantuvo intacto y el Ministerio de Gobierno solo podrá contratar a agencias de seguridad privada para la custodia y vigilancia en el traslado de detenidos a citas médicas o diligencias judiciales, en caso de que la Policía Nacional no pueda brindar el servicio.

Custodios.
Este mismo proyecto de ley busca denominar a los custodios de los centros penitenciarios agentes de vigilancia y rehabilitación (AVIR).

 

Para la titular de Gobierno, Roxana Méndez, la discusión en primer debate de este proyecto es un gran avance.

Expresó que confía en poder implementar esta norma a final de este año.


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731126
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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