La Autoridad de la Región Interoceánica (ARI) rechazó que la Alcaldía de Panamá pueda asumir la custodia directa de las áreas públicas, estacionamientos, servidumbres municipales y la propia Calzada de Amador, debido a que el Estado es el titular de los bienes revertidos; y a que las servidumbres, a las cuales alude la comuna capitalina, no se encuentran legal ni plenamente constituidas.
Una nota de prensa de la ARI destacó que, por tanto, la Alcaldía de Panamá no puede asumir la custodia de las áreas en referencia.
La nota de prensa explica que la Procuraduría de la Administración respondió a una consulta señalando que, por regla general, las calles, avenidas, parques y plazas, paseos, caminos, puentes, fuentes y arbolados siempre que no pertenezcan a la Nación, forman parte del Patrimonio Municipal.
Por su parte, el director de Asesoría Legal de la ARI, Harry Díaz, aclaró que mientras el Ministerio de Vivienda (MIVI) y el Ministerio de Obras Públicas (MOP) no aprueben los planos, la Alcaldía de Panamá, jurídicamente, no tiene control sobre las áreas de servidumbres de Amador.
El funcionario señaló además que al no concretarse los grandes proyectos que se tenían para el área Amador se están ideando nuevas estructuras de inversión en el sector y que hay posibilidades de que las servidumbres varíen, por lo tanto no se puede transferir algo que todavía está en etapa de desarrollo.
La solicitud del Municipio de Panamá obedece a una nota que emitió el alcalde Juan Carlos Navarro al administrador general de la ARI, Alfredo Arias, en donde hacía referencia a los disturbios causados en la Calzada de Amador por la venta de bebidas alcohólicas y a que, producto de esas irregularidades, la Alcaldía debe asumir la custodia del área a partir del 1 de septiembre.
Díaz indicó que esta institución fue creada mediante la Ley 5 de 1993 para administrar los bienes revertidos y la competencia es privativa. Por lo tanto, la Alcaldía de Panamá no puede ponerle un plazo a la ARI señalándole que va a tomar el control de Amador, ya que esto es improcedente.
Díaz explicó que la institución comprende el celo profesional del alcalde Navarro de verificar que las normas municipales se cumplan; sin embargo, aclaró, que la actividad que se celebró el pasado 18 de febrero se origina en dos solicitudes enviadas a la institución por la empresa Transporte y Equipos Musicales y Alquileres, S.A., organizadora de la actividad, y la propia Junta Comunal de Ancón.
La ARI, agrega la información, advirtió al organizador del evento que sólo podía utilizar el área de estacionamiento por un solo día, ya que ellos pedían tres días, con la condición de no permitir consumo de bebidas alcohólicas y de responsabilizarse por la limpieza de desperdicios que pudiera generar la actividad.
La entidad encargada de velar por las áreas revertidas reconoció que esta empresa incumplió las normas municipales y, aseguró entender que la Alcaldía los considere unos infractores; sin embargo, no se puede calificar a la ARI como tal, porque esta institución señaló a los organizadores del evento que no se deberían vender bebidas alcohólicas durante esta actividad.