Una amnistía solicitó el Tribunal Electoral (TE) para los extranjeros que están en el territorio nacional y que se inscribieron como panameños de forma ilegal, sin pruebas o con documentos falsificados.
El TE considera que resulta necesario la adopción de una legislación que por razones humanitarias brinde una alternativa a los afectados que tienen décadas en el país, han formado familias y tienen hijos panameños.
Para lograr este fin, el TE preparó un anteproyecto de ley que presentó a la Asamblea Nacional el pasado jueves.
En su exposición de motivos, el magistrado Erasmo Pinilla explicó que la Dirección Nacional de Registro Civil inició un proceso de revisión de todas las inscripciones de nacimiento que carecen de pruebas que las sustenten o que hayan sido producto de pruebas falsas.
El Registro Civil interpuso ante los despachos de los nuevos magistrados del TE una serie de demandas en contra de las inscripciones de los nacimientos fraudulentos que ameritan ser cancelados.
Pinilla confirmó que muchos de estos fallos favorecen la postura del Registro Civil y las personas sentenciadas quedan bajo indefensión y con un estatus de ilegales sin nacionalidad.
"Esta realidad entra en conflicto con los principios sobre los cuales descansan los derechos humanos. El Tribunal considera que resulta necesaria la adopción de una legislación que por razones humanitarias brinde una alternativa a los afectados", sustentó.
Trámites.
El anteproyecto de ley incluye un nuevo estatus migratorio provisional para estas personas que evite la condición de ilegales.
Además, se tiene previsto dar un plazo para la formalización y la solicitud de la naturalización.
Todas las personas afectadas tendrán derecho a tener un permiso provisional de residencia mientras formalizan su solicitud de naturalización.
El TE prevé que la normalización del estatus migratorio se haga en un plazo de un año.
En caso de que el extranjero no se aproxime a la Dirección Nacional de Migración para ejercer su derecho, perderá la oportunidad y le corresponderá seguir los trámites normales de la naturalización.
El documento plantea que todo el que abandonó el país por su condición de ilegalidad deberá hacer el trámite normal de Migración y Naturalización si quiere regresar al país.
A los beneficiados con esta iniciativa, se les reconocerá el tiempo de residencia que tengan en el país al momento de solicitar la naturalización.
Interés social.
Los magistrados consideran que es justo que se les otorgue una alternativa a este grupo de ilegales, cuyas cifras exactas no son precisadas por ninguna autoridad del país.
Las embajadas u oficinas comerciales de las principales nacionalidades que emigran hacia Panamá (China, Colombia y República Dominicana) aseguran desconocer el número de ilegales que hay en el país.
Oficialmente viven legalmente en Panamá unos 150 mil chinos, que constituyen la tercera comunidad china más grande en Latinoamérica.
Fundamentan su petición en que a estas personas hay que respetarles sus derechos humanos y se les debe permitir adquirir la nacionalidad por la vía correcta.
El magistrado Pinilla manifestó que estas normas buscan brindar apoyo humano a un tema que se reviste de interés social.
Pidió que la ley sea calificada como de interés social y con efectos retroactivos para los casos a tratar.
Por medio de la Ley 17 de 2007, el Tribunal Electoral quedó facultado para cancelar aquellas inscripciones falsas que se hicieron para adquirir la nacionalidad panameña de manera fraudulenta.
Requisitos
El Artículo 10 de la Constitución Nacional plantea que pueden optar por la nacionalidad, mediante naturalización, aquellos extranjeros con cinco años consecutivos de residir en el país, los que lo piden después de los 18 años, los que renuncian expresamente a su nacionalidad de origen, comprueban que conocen el idioma Español y conocimientos básicos de geografía, historia y organización política de Panamá.
Los que lleven tres años de residir en el país y tengan hijos nacidos en Panamá de cónyuge panameño.
Los nacidos en España u otro país de Latinoamérica, en donde se les dé la misma facilidad de nacionalizarse a los panameños.
Tienen que probar, con hechos, y con cinco declaraciones extrajudiciales ante corregidor o notario público que realmente residen en Panamá y que han mantenido buena conducta durante su estadía en el país.