La fiscal décimo quinta de circuito, Haxiria Henríquez, apelará a la decisión del Juzgado Octavo Penal, que absolvió a las unidades del SPI del delito de abuso de autoridad en perjuicio de afectados por el dietilenglicol.
El juez suplente Javier Rodríguez basó su decisión en que no hay elementos probatorios que comprueben la existencia de un delito.
Algunos de estos elementos que tomó en cuenta el juez fueron las evaluaciones médico-legales, que determinaron que no habían lesiones traumáticas en los afectados.
La golpiza se registró en julio de 2007.