La Comisión de Asuntos de la Mujer de la Asamblea Legislativa aprobó ayer en primer debate el proyecto de ley que previene, prohíbe y sanciona el acoso u hostigamiento sexual en el trabajo o la comunidad educativa, propuesto por la legisladora arnulfista, Gloria Young.
El proyecto de ley establece penas de cárcel que van de seis meses a tres años, así como multas que van de B/.250 a B/.550 para el empleador o empleadora que violen lo establecido en esta norma o incurran en el hostigamiento o acoso sexual.
La legisladora Young informó que con la aprobación de esta propuesta se pretende dar seguridad a las personas, hombres o mujeres que en su puesto de trabajo o en la comunidad educativa, se sientan víctimas de estas prácticas.
Se dispone en el texto del proyecto de ley que se entiende por acoso u hostigamiento sexual en el trabajo y en la comunidad educativa, toda conducta, proposición o insinuación sexual, manifiesta, objetiva y gravemente intimidatoria, hostil, humillante, no consentida por quien la recibe, ya sea que hubiere ocurrido una sola vez o en forma reiterada.
El texto dispone que las normas contenidas en ese proyecto de ley son de orden público y obligatorias para todas las personas naturales o jurídicas, las empresas y los establecimientos que se encuentren en el territorio nacional.
Los ingresos que se perciban en concepto de las sanciones previstas en el proyecto de ley serán asignados al desarrollo de campañas de prevención y erradicación del acoso u hostigamiento sexual, a través de un fondo especial que será creado y administrado por el Ministerio de la Juventud, la Mujer, la Niñez y la Familia en coordinación con los ministerios de Educación y de Trabajo y Desarrollo Laboral.