Los convenios arbitrales en los contratos suscritos por el Estado, tendrán que tener ahora el concepto favorable de la Procuradoría General de la Nación, luego que la Asamblea Nacional aprobara ayer, en tercer debate, el proyecto de ley 177, que establece el régimen general de arbitraje.
El proyecto aclara que los convenios arbitrales tienen eficacia por sí mismos, cuando hayan sido pactados en el momento de la celebración del contrato principal o con posterioridad, reservando la exigencia de la aprobación del Consejo de Gabinete y el concepto favorable de la Procuradoría sólo a los asuntos litigiosos debidamente entablados en que el Estado sea parte.
El convenio arbitral es el método mediante el cual las partes deciden someter al arbitraje las controversias que surjan, o que puedan surgir entre ellas, de una relación, sea contractual o no.