Nación

Arrojar basura en la vía pública le costará de B/ 25 a B/500


Con multas de B/25.00 a B/500.00 serán sancionadas las personas que arrojen, acumulen o depositen desperdicios o residuos en las vías públicas, servidumbres, quebradas, canales de desagüe, parques  o cualquier sitio prohibido, según establece la Ley 51 del 29 de septiembre del 2010 que crea la Autoridad de Aseo Urbano y Domiciliario.

La ley también contempla sanciones económicas que oscilan entre los B/1,000 a B/10,000 en caso de incumplimiento de las rutas, horarios y frecuencia de la recolección de la basura en una comunidad o áreas otorgadas en concesión.

También serán sancionados aquellos que impidan, obstaculicen o dificulten la prestación del servicio de  recolección de los residuos solidos.

 

En el caso de reincidir en las infracciones relacionadas con el manejo de la basura se sancionará con el doble de la multa establecida.

Tasa de Aseo

Por otro lado,  el artículo 30 de la Ley establece que serán  las empresas que brindar el servicio de energía electrica las ecargadas de cobrar las respectivas tarifas  en el recibo de facturación mensual.

 

En ese caso el distribuidor estará facultado para proceder a suspender el servicio eléctrico y/o el servicio de aseo por el atraso de 60 días o más en el pago de la totalidad de la factura.

Pese a no ser pactadas en los contratos de instalación y suministro de energía eléctrica, el cobro de la tasa de aseo y las disposiciones del artículo citado quedan incorporadas en dichos contratos celebrados con las empresas distribuidosras y comercializadoras.

 


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606254
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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