Nación

Asamblea restringe acceso a buena parte de su información

La calificada de “acceso restringido” solo podrá revelarse por orden judicial o después de diez años.


En momentos en que se cuestiona a la Asamblea Nacional por su negativa a eliminarse una serie de prerrogativas, la Junta Directiva de este Órgano del Estado declaró como "clasificada y de acceso restringido" información que históricamente ha sido de acceso público.

La Resolución N.° 55 de 14 de agosto de 2009, firmada por el presidente José Luis Varela, sustenta que es necesario declarar de acceso “restringido” un porcentaje del caudal de información que maneja la Asamblea.

Plantea que la información restringida sólo podrá ser suministrada cuando medie una orden de autoridad competente.

 

Incluye los expedientes de denuncias contra magistrados de la Corte Suprema de Justicia, el Presidente de la República y otros funcionarios.

La información que se declare como "clasificada y de acceso restringido", sólo podrá hacerse pública cuando pase un período de diez años.

La norma, que entró en vigencia ayer, incluye además las actas, notas, informes y resoluciones de la Comisión de Ética, así como las propuestas de modificación de proyectos de ley, las propuestas no legislativas y las mociones escritas, mientras no se haya dispuesto nada sobre ellas.

 

También abarca las actas o informes de las Comisiones Permanentes o de investigación, en lo que se refiera a información personal que pueda afectar la intimidad o el patrimonio de las personas naturales o los que atiendan catástrofes o calamidades públicas, si éstas pudieran causar alarma en la población.

Ley de Transparencia.La Ley 6 del 22 de enero de 2002 de acceso a información pública, establece en su Artículo 14 que se considerará información de acceso restringido aquella relacionada con la seguridad nacional, manejada por los estamentos de seguridad.

Además, los secretos comerciales o la información de carácter confidencial, obtenidos por el Estado, producto de la regulación de actividades económicas y los asuntos relacionados con procesos o jurisdiccionales adelantados por el Ministerio Público o el Órgano Judicial.

 

La Ley 6 también identifica como información de acceso restringido los documentos, archivos y transcripciones que naciones amigas proporcionen al país en investigaciones penales, policivas o de otra naturaleza.

Varela: “Reconsideraré solo dos numerales”

El presidente de la Asamblea Nacional, José Luis  Varela, expresó que está  dispuesto a reconsiderar la resolución, porque hay por lo menos dos  numerales que deben ser aclarados.

 

No obstante, informó que en el caso de los procesos judiciales contra  el Presidente de la República y los magistrados de la Corte Suprema  Justicia se mantendrá la restricción, porque así lo dispone el Código  Judicial y la misma Ley de Transparencia.

Explicó que a través de otra resolución de Junta Directiva reformará la vigente.

“No somos un convento de monjas ni sacerdotes”

No somos "un convento de monjas ni sacerdotes", somos diputados de  la  República y  con "nuestros defectos y virtudes" nos merecemos  respeto, indicó el diputado panameñista, Alcibiades Vásquez,  quien aseguró que antes de  eliminarse la exoneración de impuestos para  importación de vehículos , el país debe conocer   quiénes se  benefician de exoneraciones.

Para tal fin, los diputados citaron a la directora de Aduanas, Gloria Moreno de López, para que rinda un informe sobre los diputados que se han beneficiados con las exoneraciones de autos.


fecha edicion
old id
469479
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
101 años Panamá América