La libertad de expresión y la violación a la privacidad fueron los temas sobre los cuales versó la audiencia que realizó La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) contra Panamá en relación con el caso Santander Tristán Donoso.
Lo anterior fue señalado por Guido Rodríguez, director del Panamá América, quien actuó como perito en la audiencia celebrada en Uruguay.
En ese sentido, el proceso llevado por la CIDH contra Panamá es consecuencia de la intercepción telefónica de una conversación entre el abogado Tristán Donoso y un cliente, la cual fue divulgada por el ex procurador José Antonio Sossa, en 1996.
Además se demanda por una acusación de calumnia e injuria en detrimento de Tristán Donoso, por parte de Sossa.
Según el perito, durante los hechos, el país mantenía normas restrictivas a la libertad de expresión, alejadas de los estándares internacionales recomendados por el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
También se violó el derecho a la privacidad entre las personas, afirmó.
Conclusiones.
Para Rodríguez hay suficientes elementos que determinan que cuando se dieron los hechos el país mantenía una legislación contraria a las recomendaciones del Sistema Interamericano.