Como "tergiversante, tendenciosa y un exabrupto" calificó la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) la denuncia presentada por Humberto Ricord, Luis Chen González, Marco A. Gandásegui, Roberto Méndez y Mario Rodríguez Stanziola, sobre un supuesto ilícito de "bien oculto" creado por esa entidad.
Un comunicado de la ACP precisa que el propósito de la denuncia parece buscar "confundir a la opinión pública en momentos en que se desarrolla el programa de divulgación del proyecto".
La información señala que la administración de la ACP "está plenamente facultada" para establecer reservas antes de traspasar excedentes al Tesoro Nacional.
Dicha facultad está debidamente consagrada en el Artículo 320 de la Constitución Política de la República y en el Artículo 41 de la Ley Orgánica de la ACP.