Una queja presentada por la Fundación Pro-Igualdad para incorporar a los conocidos "palancas" al régimen de la seguridad social, es tramitada por la Defensoría del Pueblo y en tal sentido se busca coordinar la respuesta a esta inquietud entre el Ministerio de Trabajo, (MITRADEL), la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) y la Caja de Seguro Social (CSS).
Jorge Fabián Gutiérrez, director de Orientación y Protección de los Derechos Humanos de la Defensoría, explicó que este es un derecho que está contenido en el capítulo séptimo del Código de Trabajo y en el artículo 57 de la Ley 14 que regula la actividad de tránsito y transporte terrestre en Panamá.
Indicó que a pesar de ser un derecho estipulado en las leyes vigentes, muchos conductores lo desconocen y otros quizás lo sepan, pero prefieren ignorarlo, a fin de poder accesar a una fuente de ocupación que le garantice un ingreso diario.
La preocupación de la Fundación Pro Igualdad surge en vista de que los conductores, especialmente los "palancas", que no son dueños de los certificados de operación o de las unidades vehiculares, no tienen ningún derecho social ni mucho menos pueden incorporar a su familia al sistema de atención de salud.
Expresó que la Defensoría considera de importancia que se trate este tema porque prácticamente ser "palanca" es casi decir que no son tratados como el resto de los panameños. Recordó que desde 1972 el derecho de los conductores está reconocido tanto en el Ministerio de Trabajo, así como en las leyes vigentes.