Aquellas personas que están recluidas en un hospital, asilo o privadas de su libertad en un centro penitenciario, podrán votar en las próximas elecciones y para tal fin, el Tribunal Electoral (TE) está elaborando un procedimiento especial.
Según Javier Bernal, subdirector de Asesoría Legal del TE, el mecanismo que evalúan no sólo garantiza la emisión del voto, sino también que protege su secreto y el respeto de la voluntad popular.
El sufragio en un centro penitenciario marcaría un hito en el sistema electoral de la región, ya que son pocas las legislaciones, como en Costa Rica, las que han reglamentado la materia.
El artículo 251 del Código Electoral, vigente hasta el mes de febrero de 2007, establecía la prohibición de instalar mesas de votación en hospitales, asilos, cárceles y demás centros de reclusión.
En virtud de esta disposición, explicó Bernal, había un número plural de panameños, que teniendo la facultad de poder votar, no podían ejercerlo; violentando con ello sus derechos.
El elector deberá votar de acuerdo a donde aparezca según el padrón electoral.