Los impedimentos que tienen actualmente muchas mujeres panameñas al registrar a sus hijos en la Dirección Nacional de Registro Civil, serán eliminados con el proyecto de ley que reorganiza esta entidad adscrita al Tribunal Electoral, y que fue aprobado en primer debate por la Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional.
La iniciativa establece los requisitos necesarios y condiciones bajo las cuales se hacen inscripciones, nacimientos, matrimonios, defunciones y naturalizaciones, además de darle mayor celeridad y transparencia a elementos importantes como el estado civil de las personas.
El proyecto plantea la posibilidad de que las madres que vayan a registrar a sus hijos puedan hacer una inversión de los apellidos, es decir, que el apellido materno podrá estar primero, siempre y cuando ella y su pareja se pongan de acuerdo.
Además, se autoriza a la madre a darle a su hijo su propio apellido, en caso que el padre se niegue a reconocerlo.
Según el director de Registro Civil, Dámaso Solís, uno de los principales obstáculos que confrontan las personas para realizar algún trámite se da debido a que éstas no cumplen con el periodo de inscripción de los nacimientos, principalmente en las áreas apartadas del país.
La nueva ley busca además la modernización de la institución, adecuándola con las innovaciones tecnológicas y de procedimientos vigentes, de acuerdo con las nuevas responsabilidades que debe enfrentar el Registro Civil.
El documento también incluye aspectos relacionados en materia de adopción y cambio de nombre, los cuales son algunos de los procedimientos más comunes que realiza la institución electoral.