La dirigencia del transporte inició un proceso de capacitación a los líderes de las diferentes piqueras del transporte colectivo y selectivo del país, a fin de que conozcan el alcance de los decretos regulatorios de la Ley 34 que rige la actividad del transporte a nivel nacional.
El presidente de la Cámara Provincial del Transporte, Iturbides Quintero, explicó que a principios de mes, el Ejecutivo firmó los decretos 542, 543, 544 y 545, que reglamentan la ley en materia de tarifas, expedición de certificados de operación, la vigilancia y seguridad del transporte de carga, de pasajeros y el particular y el que se refiere a la concesión de rutas, líneas y terminales.
Quintero reveló que uno de los aspectos importantes en la nueva realidad del transporte es la obligatoriedad de la adquisición de seguros para protección de daños a terceros que deben tener todos los vehículos dedicados al transporte de pasajeros.
Aclaró que desde el pasado 10 de octubre, la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT), puede exigir a los transportistas la documentación que se requiere en este tema y de no contar con esa póliza se puede prohibir la prestación del servicio.
Al respecto, Quintero señaló que ya ha hecho los trámites correspondientes con varias compañías aseguradoras para que diseñe planes al alcance de los transportistas.
El dirigente transportista de la provincia de Panamá advirtió que las personas que se dedican a esta actividad deben acoplarse a lo que dice la ley o de lo contrario tendrán que salir del gremio.
En otro aspecto, Quintero rechazó los planteamientos hechos por algunos miembros de la empresa privada, que en reciente foro sobre el transporte emitieron conceptos negativos sobre los trabajadores del volante.
Por su parte, el asesor legal del gremio transportista, Emidio Manzané, destacó que la importancia de esta reglamentación en las tarifas es que se establece el cobro de acuerdo a la clasificación de los servicios regular urbano, regular interurbano, expreso urbano, expreso interurbano, servicio de lujo y servicio regular interno.
Manzané recordó que los transportistas tienen un plazo de 180 días para adecuarse a las nuevas leyes y a partir de la reglamentación todas las concesionarias deben entregar la documentación necesaria a la ATTT para que esta entidad, en un plazo de seis meses, dicte las resoluciones reconociendo o legalizando las concesionarias.
La reglamentación también expone los criterios que se deben seguir para el otorgamiento de nuevos certificados de operación, así como los requisitos que deben cumplir las personas o agrupaciones que tienen interés en constituir una concesionaria.
Solamente en la provincia de Panamá existen cerca de 130 concesionarias en el campo selectivo, pero éstas deben cumplir con todos los requisitos de la ley para definir si pueden seguir brindando el servicio.