Nación

Cárcel para políticos que usen dinero de las drogas


Los partidos o líderes políticos que utilicen dinero o cualquier recurso financiero proveniente de los delitos relacionados con el narcotráfico, serán sancionados con penas hasta de diez años, según lo dispone la recién aprobada ley que tiene como objetivo sacar a Panamá de la lista negra de países que no cooperan con la lucha contra el lavado de dinero internacional.
Según la norma, al Código Penal se le anexa entre otros artículos el artículo 392, el cual dispone que además de los diez años de prisión, los representantes de los partidos, quedarían inhabilitados para el ejercicio de funciones públicas por igual término, después de cumplida la condena.
El nuevo artículo establece que quien a sabiendas reciba o utilice dinero o cualquier recurso proveniente de los delitos relacionados con el narcotráfico o con el blanqueo de capitales, será sancionado con prisión de cinco a diez años.
Las nuevas normas que incluyen a los partidos políticos en las organizaciones susceptibles a ser afectadas por el blanqueo de capitales, se establecen en la Ley 41 que adicionó el Capítulo VI al Código Penal, el cual se denomina Blanqueo de Capitales.
Por medio de esta Ley se establece que el que reciba, deposite, negocie, convierta o transfiera dineros, títulos valores, bienes u otros recursos financieros, a sabiendas de que procedan de actividades relacionadas con el narcotráfico serán sancionados con penas hasta de doce años de prisión y de 100 a 200 días-multas.
Propuestas similares trataron de incluirse en las últimas reformas al Código Electoral, realizadas antes de las pasadas elecciones generales, pero no se logró el consenso entre los líderes políticos; sin embargo en esta ocasión esta ley fue votada de manera unánime por los legisladores de todos los partidos políticos.
La misma ley amplía la lista de delitos que utilizan el lavado de dinero o blanqueo de capitales, entre los cuales se incluye el tráfico de drogas, estafa calificada, tráfico ilegal de armas, tráfico de personas, secuestro, extorsión, peculado, corrupción de servidores públicos, actos de terrorismo y el robo o tráfico internacional de vehículos.
Normas éstas que se hacen extensivas a los partidos y dirigentes políticos que sean sorprendidos en estas actividades ilícitas.


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50805
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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