La Procuradora de la Administración, Alma Montenegro de Fletcher, admitió que la Ley de Carrera Administrativa permite la destitución de funcionarios en aquellos casos en que se comprueben las causas para su despido.
Montenegro de Fletcher explicó que aunque el trabajador esté amparado por la Ley de la Carrera Administrativa, puede ser destituido pero siguiendo los parámetros establecidos por la ley.
Se mostró en desacuerdo por el despido sin causa de algunos funcionarios y señaló que anteriormente la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia ha sentado precedentes en estos casos, donde ha tenido que pagarle los salarios caídos a los funcionarios.
Explicó que si se despide a funcionarios que están amparados por la ley de la Carrera Administrativa sin las debidas causales, esto significará una erogación importante para la actual administración.
Sobre la derogatoria de la Sala Quinta, Montenegro de Fletcher recalcó que esa es una labor del Organo Legislativo, y la Procuraduría de la Administración sólo se limita a observarlo como si fuera cualquier hecho legislativo. Señaló que cada funcionario debía estar concentrado en su trabajo y dejarle esa tarea a la Asamblea Legislativa.