A finales de junio, un hombre se acercó a las oficinas del edificio Avesa del Ministerio Público para contribuir con las autoridades. La idea era alertar acerca de un supuesto trasiego de droga que se efectuaría utilizando nuestro país como vía de tránsito.
El Fiscal Javier Caraballo, desginado Primero especializado en Delitos con Drogas, contactó al hombre con la Unidad Especializada de Investigaciones Sensitivas (UEIS) para atender el caso.
Esta unidad policiaca tenía como norte combatir casos de narcotráfico de alto perfil, y servir como enlace panameño con las autoridades estadounidenses de la DEA en nuestro país.
Recibir información de un “extraño” no es la vía común con que se inician las investigaciones en la UEIS. Los “informantes” tratan directamente con los fiscales, no con los detectives de la UEIS.
Pero de cualquier forma, así fue como el inspector Franklin Brewster, jefe la UEIS conoció al “informante”, y asignó el caso a los detectives Gioconda Véliz y Kenneth Brown.
El informante. Se trataba de un taxistas. Dijo que un supuesto capo colombiano llegaría a Panamá el 1 de julio para coordinar un trasiego desde el país sureamericano.
Es entonces cuando inicia la Operación Laboratorio, a pesar de que la Procuraduría de la Nación aún no había otorgado el visto bueno a la UEIS para dar seguimiento y vigilancia a los hechos que narraba el colaborador.
Este “informante” resultó ser el mismo “testigo protegido” en que la Fiscalía Auxiliar basó sus argumentos para acusar a los detectives Gioconda Véliz y Kenneth Brown, e Irving Francis de envenenar la comida del inspector Franklin Brewster, acción por la que, supuestamente, serían recompensados económicamente.
El fiscal auxiliar, Luis Martínez, trató de corroborar la fuente en la que basaba su acusación, y a principios de agosto, preguntó a Jaime Jácome si se trataba de una fuente de entero crédito.
Jácome, el entonces director de la Policía Técnica Judicial (PTJ), le respondió al Fiscal Auxiliar que este “informante” no había producido ningún logro positivo anteriormente en la PTJ.
La misiva agrega: “personalmente le informé (Jácome a Martínez), a usted y a la señora Procuradora, que se trataba de una persona presuntamente infiltrada en una organización criminal, que estaba dando información no corroborada, que no tenía en principio relación con el caso que usted investiga”.
Y le advierte en su último párrafo que si la contestación citada formara parte del expediente, como en efecto lo es, “deberé suspender por la seguridad personal de mis funcionarios toda actividad al respecto y replantear el manejo de información de inteligencia”.
Panamá América consultó a Jaime Jácome sobre ésta advertencia; “mucha gente se aprovecha de estas situaciones para conseguir plata. El testigo protegido nunca apareció, no dio la cara” acotó el ex director.
Un concepto que compartió el ex procurador José Antonio Sossa: “un testigo es de la época medieval, un testigo que tú no puedes identificar, eso es absurdo”, afirmó.
Sossa dijo que el Ministerio Público ha manejado los casos de alto perfil “con afanes de satisfacer una morbosidad publicitaria (...) que reclama eventos extraordinarios de naturaleza criminal”.
A pesar de las observaciones de Jácome, el Fiscal Auxiliar insistió en incluir lo dicho por esta fuente y basó su acusación contra los tres detectives en lo que le había narrado el “informante” y/o “testigo protegido”.
El “testigo protegido” se refiere al veneno que supuestamente ingirió el inspector y afirma: “ella [Carol Restrepo] me manifestó que había oído (...) cuál químico ellos habían dicho que se tenía que utilizar”.
Según el “testigo”, Restrepo es una dama de compañía de un cartel colombiano, que sabía quién iba a envenenar a Brewster con un químico, de lo que no se acuerda es del nombre, pero este sería entregado a Gioconda y Kenneth por el supuesto capo.
Por “hacer el trabajo” ambos detectives serían recompensados con 500 mil dólares.
“Lo que dice el testigo protegido no tiene fuerza, porque él menciona una supuesta dama en Colombia y la dama no existe” en la Registraduría de ese país, argumentó el abogado Rolando Rodríguez, defensor de Gioconda Véliz.
Alexander Sánchez, representante de Kenneth, está convencido de que el “testigo” es un mitómano, (mentiroso), y que la Fiscalía Auxiliar no cuenta con otro argumento probatorio contra su cliente.
Arribo silencioso. La llegada del colombiano se cruzó con la autorización que se esperaba para su seguimiento y vigilancia, y a esto, se sumó una curiosa falla que impidió su rastreo.
Las incriminaciones están situadas en que Gioconda debió dar el nombre del capo (de apellido Cano) al contacto del aeropuerto para seguirle la pista. La inspectora, supuestamente, dio otro apellido: Cáceres.
La tésis de la fiscalía inidica que cuando Brewster intentó corrobar si le estaban dando seguimiento al sospechoso, se enteró del error. Pero ya era demasiado tarde, el visitante había pasado sigilosamente sin levantar sospechas.
Esta versión la refuta el abogado Rodríguez cuando argumentó que eso fue un mal entendido “aclarado en la investigación por el mismo contacto del aeropuerto”.
Panamá América confirmó que lo dicho por la defensa de Véliz forma parte de la declaración de la detective que cubría la zona aeroportuaria.
El “testigo protegido” acusa a los implicados de que él en calidad de “informante” no pudo reunirse con el supuesto capo que arribó a Panamá, porque no tuvo apoyo de los detectives asignados al caso.
Inclusive, asegura que la mañana del 3 de julio, el propio Brewster le pidió que no hablara del caso (la llegada del capo) más que con él, porque no confiaba en Véliz y Brown.
Esto hace a los acusados cómplices del homicidio, según la Fiscalía Auxiliar. Este despacho alega que Gioconda y Kenneth tenían “información para consumar su propósito criminal”.
En el registro de llamadas de los implicados no hay evidencia de que estos tuvieran comunicación con el capo que arribó al país. En el expediente tampoco se comprueba que hubo un encuentro.
¿Con quién se reunió esta persona entonces? ¿Cual fue el motivo de su viaje a Panamá, que coincide con la fecha en que se intoxicó Brewster? Todas son preguntas que no encuentran respuestas en el expediente.
Con respecto al pago de los 500 mil dólares “se logró establecer con la Unidad de Análisis Financiero la situación económica de cada una de las personas, (..) y no ha surgido nada de esos elementos que ratifique (lo dicho por el testigo) o que las incriminaciones tengan asidero legal”, afirmó Rolando Rodríguez.
Ante estas suposiciones Rodríguez considera que Gioconda, -su cliente- “es un chivo expiatorio, pues los detenidos no son responsables” del hecho.
La historia del “testigo protegido” continuó cuando le pareció escuchar de una tercera persona que Véliz y Brown se robaron dos millones de dólares en una operación llamada “Ojo de Agua”.
Un dato impreciso que el jefe de la Sección de Operaciones de la Fiscalía de Drogas aclara cuando afirma que hubo una operación llamada “Alamo 2”, donde se incautaron dos toneladas de droga en el área de Ojo de Agua.
En esta operación participaron los detectives en cuestión “pero nada más al iniciarse la investigación recolectando información de los titulares de la empresa y ubicación” y agregó que la intervención la realizó la Policía Nacional.
De acuerdo con la norma jurídica, no tiene fuerza la declaración de un testigo que depone sobre algún hecho oído a otros, tal como lo señala el Código Judicial en su artículo 920.
Panamá América solicitó una entrevista con la Fiscalía Auxiliar, pero la petición fue rechazada. Argumentó que la ley le impedía un pronunciamiento sobre el caso.
Conexiones. Algunos procedimientos obligatorios en la investigación llaman la atención por su omisión, en otros se acentúa la tardanza en que se ejecutan siendo el tiempo un factor determinante.
“En otros países el asesinato de un miembro de la organización policial implica una cacería humana para dar con la causa y el autor del homicidio”, dijo al Panamá América el instructor en Criminología Octavio Calderón.
El experto explicó que un principio fundamental en la criminalística es evitar la contaminación de la escena. Es decir, que el lugar de los hechos quede “congelado”, sin que nadie entre o salga.
Pues si las pruebas no se colectan de inmediato es muy probable que la investigación sea infructuosa y, por ende, la ubicación del criminal. Sin estas herramientas, agregó el criminólogo, “sería imprudente hacer una acusación”.
Sin embargo, en el edificio de la UEIS el personal continuó sus labores como todos los días, sin que se haya hecho una revisión inmediata del sitio.
Las tareas de colección de evidencias o “inspección ocular” que efectuó la Fiscalía Auxiliar se realizaron días y meses después del 3 de julio, fecha de la intoxicación.
¿Quien puede asegurar a los funcionarios que colectaban las pruebas, que después de tanto tiempo las cosas permanecieron intactas?
El 17 de agosto el personal de la Fiscalía chequeó el carro que usaba Brewster con la esperanza de encontrar algún veneno, pero solo recogieron algunas pertenencias del difunto.
No hay registro de que se practicaron pruebas al interior del auto, lugar donde podrían estar las evidencias del crimen.
El 20 de julio los funcionarios buscaron restos del tóxico en la oficina y en la casa donde vivía el jefe de detectives.
No encontraron nada. Una a una, las tareas de la Fiscalía Auxiliar se alejaban del día de los hechos, y con ellas se esfumaba la verdad: “tiempo que pasa verdad que huye”, dicen los criminólogos.
Una pieza clave del rompecabezas descansa en las huellas digitales que están en la escena.
Estos datos no aparecen en la averiguación; su omisión hace aún mas difícil la búsqueda de la verdad. “Error grave”, dice Calderón.
El fondo del tema, según Jácome, es que los fiscales no son los que investigan, esa es labor de la policía especializada. “Enormemente ineficiente”, dijo el ex director al calificar el trabajo de la Fiscalía Auxiliar, y acotó; “y se debe a la incapacidad del funcionario que la realizó”.
Un proceso que a juicio del ex procurador José A. Sossa “hace injusta la detención” que hizo la Fiscalía a los tres detectives acusados.
José A. Sossa cuestionó; “¿se ha acreditado que alguna de las personas detenidas tuvo algún contacto con ese veneno? No puede ser que estés haciendo justicia así”, dijo Sossa.
Omisiones. Paradójicamente una de las tareas que fortalecerían la tesis de la Fiscalía se omitió. Han pasado mas de 16 meses desde que se ordenó la detención de Véliz y Brown, y nadie ha ido a sus residencias, autos, buscado entre las ropas o sus cosas para identificar rastros del supuesto veneno o algo que los vincule al crimen.
Lo mismo ocurrió con Irving Francis, quien mantiene una medida cautelar por el mismo cargo.
Los envases y la comida que ingirió Brewster aquel 3 de julio fueron analizados por los laboratorios; no se detectó presencia de organofosforados.
Ante esto, la autoridad queda en deuda jurídica con dos explicaciones: una, por acusar a los detectives por colocar veneno en la comida y, la segunda, por asegurar que el alimento fue contaminado con un organofosforado.
Un nexo directo que vincule a los detenidos podría ser una confesión, pero en la pesquisa no hay registro de esto o de ningún testigo ocular de los hechos.
La situación de los sindicados Gioconda Véliz y Kenneth Brown fue analizada por la Corte Suprema de Justicia, que declaró legal la detención de ambos.
El Órgano se basó en las evidencias que se tenían al momento en que la Fiscalía Auxiliar había formulado los cargos. Valdría la pena conocer qué dirá el Segundo Tribunal de Justicia cuando califique el expediente.
El abogado Alexander Sánchez dijo tener referencia de que “cuando se discutía (en la CSJ) el Habeas Corpus, la discusión era como dicen en buen panameño, ese muerto no lo cargo yo”, lo que denota, agrega el defensor, “que las instituciones jamás han tenido interés sobre el caso”.
Los expertos en derecho coinciden en que la procuradora Ana Matilde Gómez debió estar al tanto del expediente en cuestión. Incluso Sánchez, basado en su experiencia, agregó que desde este despacho “algunas veces se dictan directrices de lo qué hacer o no hacer”.
La organización que mató a Franklin Brewster no solo planeó con antelación el crimen, sino que tenía conocimiento y acceso a sustancias particulares.
Esta organización hoy tiene un gran aliado: las graves omisiones, indicios, errores en la investigación y manejo de pruebas que pudieran delatar el cómo, cuándo y dónde del hecho, así como el (los) autor (es) intelectual (es) y material del crimen.
Escenario que le brinda la posibilidad de tapar su origen (móvil) intelectual y ocultar las pruebas que la delatarían (evidencias).
Tal vez de ahí el nombre de la supuesta operación “Laboratorio”, que encaja con la fórmula y con la figura clave que podría ejecutar el plan sin dejar rastro, y coincide con la llegada al país de un personaje que pondría a “tono” la operación.
Una excelente fachada para distraer u ocupar en otro asunto a la unidad policial que impedía el desenvolvimiento de su actividad. Pregunta: ¿fue acaso incapacidad, ineptitud o complicidad de alguien en el Ministerio Público?