Nación

Condena de Madame Thonya en manos de la Corte


Dentro de tres días la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia deberá resolver si anula la sentencia judicial que condena con 40 meses de prisión a Xiomara Hubbard, (a) Madame Thonya y a Tayra De La Lastra, por el delito de proxenetismo.
Por lo menos así lo dictaminó el magistrado César Pereira Burgos, durante el recurso de casación penal que se realizó ayer con la comparencia del abogado de las sindicadas y el representante del Ministerio Público.
A Thonya y De La Lastra les fue confirmada su condena en el mes de agosto de 2002 por el Segundo Tribunal Superior, luego de ser vinculadas a prácticas de proxenetismo cuando aparecieron en un vídeo difundido por la cadena noticiosa Antena 3 de España.
Durante la audiencia, Javier Quintero, abogado de Madame Thonya y De La Lastra, solicitó la casación o anulación de la pena, aduciendo que las pruebas presentadas por la fiscalía deben ser consideradas ilícitas por violentar el artículo 1169 del Código Judicial.
De acuerdo con el artículo citado por Quintero, "El recurso de casación en el fondo, tiene lugar respecto... al haberse incurrido en la causal de infracción de normas sustantivas de derecho, por cualquiera de los conceptos siguientes: violación directa, aplicación indebida o interpretación errónea de la norma del derecho, error de hecho y sobre la existencia de la prueba y de derecho en cuanto a la apreciación de la misma".
No obstante, para el abogado del Ministerio Público, Abilio Batista, la petición de la contraparte no es válida y así se lo hizo saber al magistrado de Sala, solicitando la negación a la casación. Según Batista, el Ministerio Público puede, basado en un hecho que generó notoriedad noticiosa y pública, levantar una investigación.


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101 años de Panamá América

 
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