La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte, mediante fallo del 6 de marzo de 2015, ordenó al Estado Panameño (Patronato del Hospital Santo Tomás) a pagar 80 mil dólares al señor Cristhian Arguello Rodríguez, en concepto de indemnización por daños y perjuicios causados por la falla del servicio público de salud prestado por el Hospital Santo Tomás.
El magistrado ponente Víctor Benavides explica en el fallo que los daños causados a Cristhian Arguello se dan por el mal funcionamiento prestado por el hospital, luego que le practicaran una cirugía oftalmológica donde no se le removió un cuerpo extraño alojado en su ojo derecho y que le causó la pérdida de la visión.
Es por ello que la Sala concluye, que el principio fundamental del derecho a la indemnización es el resarcimiento económico, pago o compensación por un daño o perjuicio causado.
El fallo fue firmado por el magistrado ponente Víctor Benavides y por el resto de los magistrado que conforman la Sala Tercera, Luis Ramón Fábrega y Abel Zamorano.