Un conflicto por la zonificación de un área ubicada en la calle 81 San Francisco tiene enfrentados, hace dos años, a residentes de Villas del Golf con la empresa Mercatel, S.A. que construye el condominio Pradera, a un costado del residencial.
Dos demandas se han presentado de parte y parte por daños y perjuicios, y mientras estás siguen su curso en los respectivos juzgados del ramo civil, las pérdidas por estas acciones ya han sido muchas, que hasta incluso, amenazan con afectar a terceras personas.
Todo el problema estriba en la zonificación del sector. Mientras la empresa Mercatel, S.A. aduce que adquirió el terreno (finca 25075) en el año 2002 a la Sociedad Italiana de Beneficencia, el cual está en una categoría RM1, es decir, de alta densidad que permite la construcción de un edificio de apartamentos; moradores de Villas del Golf alegan que sus residencias son unifamiliares con terrenos de 300 metros cuadrados, por lo que no pueden entrar dentro de la categoría de alta densidad.
La demanda por daños y perjuicios que presentaron los residentes del Villas del Golf contra las empresas Mercatel, S.A. y Construcciones Civiles Generales, S.A. (COCIGE, S.A., empresa constructora) logró la suspensión provisional de la obra, misma que se levantó luego que los demandados pagaran B/. 70 mil que habían consignado.
En tanto, en la demanda que Mercatel, S.A, y COCIGE, S.A. presentaron contra tres residentes de Villas del Golf (Ricardo Bermúdez, Carlos Orfila y Luis Ramón Fábrega), se pidió una medida precautoria de secuestro de sus bienes, que se llevó a cabo el 1 de abril del presente año.
Agosto de 2002: Mercatel, S.A adquiere la finca N°. 25075, ubicada en San Francisco.
22 de julio de 2003: Mediante Resolución N°. 112-2003 de 22 de julio de 2003 se ratifica la zonificación realizada por el MIVI a través de la Resolución N° 62-90 de 1990.
2003: Ricardo J Bermúdez hijo, Carlos Orfila y Luis Ramón Fábrega moradores de Villas del Golf demandan ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia está última resolución.
18 de noviembre de 2003: La Corte decidió suspender provisionalmente los efectos del artículo 1 de la Resolución N°. 112-2003.
13 de febrero de 2004: La Corte pide suspender provisionalmente la obra.
1 de abril de 2004: Se secuestran los bienes inmuebles de Ricardo Bermúdez, Carlos Orfila, y Luis Ramón Fábrega, demandados por Mercatel, S.A. y Construcciones Civiles Generales, S.A. (COCIGE, S.A.).
Diego de la Guardia, representante legal de la empresa Mercatel, S.A., y Construcciones Civiles Generales, S.A. (COCIGE, S.A.) dijo a El Panamá América que en el sector se han construido edificios hace más de 15 años y que el condominio Pradera no es el único que se está edificando, lo que confirma que la zona es de alta densidad.
Destacó que Luis Ramón Fábrega, Carlos Orfila y Ricardo Bermúdez, residentes en Villas del Golf, han creado argumentos que no tienen sustento jurídico, logrando paralizar por un tiempo la obra que tiene todos sus permisos y zonificación legal.
Negó que la empresa que representa haya pedido algún cambio de zonificación, y manifestó que fueron los dueños de Villas del Golf los que solicitaron en el 2003 el cambio de su área.
"Con medias verdades", aseguró, presentan a la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia una demanda de nulidad contra ese acto administrativo que es considerada, quedando vigente la anterior resolución de noviembre de 1990, que establecía toda la zona como de alta densidad. Por tal razón, dijo, "no vemos como pueda prosperar esta demanda".
Manifestó que los ocho días en que se cesó la construcción tuvo como consecuencia que el condominio, a lo mejor, no se pueda terminar para el 31 de diciembre de 2004, con lo que posiblemente los compradores no tengan el beneficio de 20 años de exoneraciones.
Igualmente, indicó que la publicidad negativa ha hecho que personas que estaban a punto de cerrar una transacción, hayan decidido suspender la compra.
El arquitecto Ricardo Bermúdez, uno de los residentes de Villas del Golf, manifestó que no podía dar mayores detalles por recomendación de los abogados que llevan el caso. Sin embargo, aclaró que pese al secuestro de que fuera objeto hace pocos días por parte de los promotores del edificio Pradera, y las acciones de intimidación en contra de su persona y otros vecinos del lugar, se reiteraba en lo que ya ha declarado.
Dijo que la construcción de una mole de 25 pisos en una estrecha y tranquila calle de un barrio residencial, justo al lado de un pequeño complejo de residencias unifamiliares de dos pisos, degradará la calidad de vida de sus residentes y devaluará sus propiedades.
Añadió que los promotores de la Pradera han desconocido órdenes de suspensión provisional de la construcción del edificio dictada por la Corte Suprema de Justicia, órdenes que no han sido ejecutadas por la corregiduría y la Alcaldía, "quién sabe por qué razones".
Actualmente hay dos demandas que están pendientes. Una presentada por los residentes de Villas del Golf ante el Juzgado Sexto del Circuito, Ramo Civil; por daños y perjuicios, contra las empresas Mercatel, S.A. y COCIGE, S.A.. La otra, presentada por Mercatel, S.A. y COCIGE, S.A. ante los Juzgados Undécimo, Quinto y Segundo del Ramo Civil, contra algunos residentes de Villas del Golf, también por daños y perjuicios. Estos procesos podrían durar hasta tres años.
Conflicto por una zonificación
El condominio Pradera es una obra de B/. 7 millones y tendrá unos 30 pisos de alto.