Nación

Construirán plantas en Chiriquí


Un memorando de entendimiento firmó la Cooperativa de Productores de Palma Aceitera de Chiriquí (COOPEMAPACHI) con la empresa Texas Biodiesel para la construcción de una planta extractora de aceite, una planta de biodiesel y la ampliación de la producción.
Con este los productores podrán ampliar la producción de 5 mil a 18 mil hectáreas en sus plantaciones de palma aceitera en la región de Barú y comenzar con la extracción del aceite dentro de Chiriquí.
El presidente Martín Torrijos fue testigo del convenio firmado entre ambas empresas, donde la comercialización se hará en Barú y los productores no tendrán que seguir vendiéndoles a las empresas costarricenses que se dedican a esta actividad.
Por otro lado, se comenzará con la fabricación del biodiesel dentro de Panamá, que ayudará a minimizar los altos costos que enfrenta el combustible en estos momentos.
Torrijos exhortó a los productores a continuar con este ejemplo de sacrificio y esmero, porque se trata a de una empresa que tiene un activo de B/.10 millones y continuará creciendo con la construcción de estas dos plantas que van a generar 3 mil 600 nuevos empleos permanentes.
La firma de este convenio se dio en el marco de los 15 años de fundación de la empresa cooperativa, en la comunidad de Burica Centro, dentro del distrito de Barú.
"Cualquier dato por encima de cero es inaceptable. Muestra que la población no ha tomado conciencia de que la ESC implica un delito" detalla el informe.
En nuestro país la Ley 16 de 2004 garantiza, en su artículo 7 reclusión de 4 a 8 años a "quien solicite, demande, obtenga, pague o prometa pagar" a un menor por realizar actos sexuales.
El comercio sexual con menores es ilegal, pero se basa en los principios básicos de economía: la oferta y la demanda.
Sin la existencia de "clientes-explotadores" que demanden los servicios sexuales de menores de edad, esta actividad no tuviese razón de ser; sin embargo, al preguntar a los encuestados "¿quién debe detener la ESC?" éstos le atribuyen la responsabilidad a los propios menores, a sus familias y a las autoridades.
Sólo en el menor de los casos, el "cliente" es la persona señalada como el responsable de poner fin a esta actividad. "Invisibles, totalmente invisibles" se lamentó Sorensen al repasar los gráficos del estudio.
De la región, los panameños llevan el porcentaje más alto de personas que piensan que la responsabilidad es "de la persona menor de edad y su familia". El 71% de los encuestados lo cree y sólo el 4% le otorga responsabilidad al "cliente".
Costa Rica es el país donde se atribuye mayor responsabilidad al cliente-explotador y es de un 8%.
Las respuestas son similares al consultar sobre las causas internas y externas propician la ESC.
De las endógenas o del entorno del menor, en Panamá la mayoría responsabiliza a la pobreza (26.5%), aunque la otras opciones "refuerza la revictimización" revela el informe.
Los panameños le atribuyen la responsabilidad a la familia de las víctimas y hasta a "la vagabundería" de los menores (17.2%).
Entre las circunstancias externas, en Panamá un 42% culpa a "la falta de leyes" y "falta de políticas de protección a la niñez y adolescencia" (20.8%) y sólo un tercio de la población considera que el problema lo provocan los explotadores, lo que las autoridades de la OIT lo atribuyen "a la gran tolerancia social" existente.
Prostitución infantil: "Prostitución" es la compra-venta de servicios sexuales, entre adultos. Un menor no "vende" un servicio, es explotado. Debe decirse "Explotación Sexual Comercial (ESC) Infantil".
Cliente: El término se asocia a una transacción comercial; pero la ESC no es servicio, es un delito.


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251290
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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