A partir de la fecha los 23 corregidores del distrito de Panamá tendrán autoridad para aplicar sanciones a todo aquel que esté ejeciendo de forma ilegal la buhonería o alguna actividad informal.
El Municipio de Panamá, a través del Decreto Alcaldicio N° 37-2015 del 17 de noviembre de 2015, ha habilitado que, desde las 6:00 p.m. hasta las 6:00 a.m., en cualquier día de la semana, los corregidores del distrito capital tengan paticipación en operativos dirigidos a velar por la observancia y cumplimiento de las normas municipales que regulan la actividad de buhonería o de economía informal.
Durante el operativo el corregidor queda facultado para adoptar las medidas e imponer las sanciones que corresponden, conforme se estable en el Decreto N°25 de 14 de enero de 1999, reformado por el Decreto N°1898 de 3 de octubre de 2014.
Entre estas, podrán retener los materiales y enseres que los que se dedican a la actividad tengan bajo su propiedad al momento del operativo.
La norma dispone que cualquier corregidor puede intervenir en la ejecución de una resolución que sancione el ejercicio de la buhonería proferida por otra autoridad policial.
De la misma forma, se autoriza a la Subdirección de Microempresas del Municipio de Panamá a organizar y coordinar los operativos necesarios para dar cumplimiento a las normas municipales.
Pata tal efecto dicha unidad administrativa deberá coordinar la intervención de los corregidores con con la Subdirección de Corregidurías del Municipio de Panamá.
Por otra parte, queda entendido que el horario dispuesto no excluye a los corregidores a particpar en los operativos que se organicen en horario diurno.
La razón de ser del nuevo Decreto Alcaldicio se fundamenta en que en la actualidad existe una gran cantidad de personas que ejercen la buhonería o economía informal sin los permisos correspondientes, infringiendo las normas municipales.
A esto se suman las constantes quejas de los ciudadanos por la ocupación de la servidumbre por quienes se dedican a esta actividad, detalla la norma.