La condena de cinco años de prisión que dictó el Tribunal Superior de Chiriquí contra el estadounidense Ronald Frederic McGrew fue anulada, por violar sus garantías constitucionales.
Esto se da luego de que, por unanimidad, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia concedió el amparo de garantías constitucionales contra la sentencia del Tribunal por vulnerar el debido proceso de McGrew, al no garantizarle su derecho a la defensa, tras no entender el auto de llamamiento a juicio.
El fallo, bajo la ponencia del magistrado Víctor Benavides, indica que se violó el procedimiento penal contra McGrew, como es el derecho a la defensa, ya que no tuvo acceso a un intérprete o traductor cuando se le dictó su llamamiento a juicio, y mucho menos durante la audiencia, en donde un jurado de conciencia lo declaró culpable del homicidio de Antonio Morales.
La sentencia del Pleno determinó que en el artículo 1950 del Código Judicial se establece como causal de nulidad la violación al derecho de la defensa.
La defensa del extranjero atacó con el amparo de garantías constitucionales el auto de llamamiento a juicio del 31 de mayo de 2011 y la sentencia penal del 31 de agosto de 2011, dictados por el Tribunal Superior de Chiriquí.
En octubre de 2010, McGrew, de 59 años, le disparó con una escopeta a Antonio Morales en el glúteo, cuando este intentaba ingresar a la casa de la exdiputada Gloria Young, en Barú.