Nación

Corte de DD.HH.


En enero de 2009, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (DD.HH.) condenó a Panamá por la violación de los derechos a la vida privada y al honor, al atribuir al Estado la responsabilidad por la interceptación, grabación y divulgación de una conversación telefónica del abogado Santander Tristán.

Al abogado se le interceptó, grabó y divulgó una conversación telefónica sostenida con un cliente en 1996, por orden del ex procurador José Antonio Sossa.

La Corte Interamericana también obligó al Estado panameño a resarcir con 30 mil dólares en concepto de daño material y del proceso.

 

La Corte Suprema ha manifestado que por ser el espionaje telefónico una injerencia en la vida íntima de las personas, debería realizarse en casos excepcionales.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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