En el fallo donde la Corte declara ilegal la deportación del colombiano José Aníbal Montoya, se le recuerda a González que en varias oportunidades el Tribunal ha hecho un llamado de atención al Servicio de Migración, ante la renuencia de suministrar información oportuna sobre determinadas acciones de hábeas corpus. Esto, debido a que rinde el respectivo informe cuando los ciudadanos ya han sido deportados o simplemente omite contestar los requerimientos de esta autoridad, que es llamada a salvaguardar la Constitución. La Corte ve con preocupación las actuaciones irregulares realizadas por parte del Servicio Nacional de Migración, al deportar a Montoya sin demostrar que le permitió impugnar dicha decisión, a través de un recurso de reconsideración.
En el fallo, la Corte cuestiona que dos días después de que la directora fue notificada, respondió con una respuesta escueta e insuficiente, sin brindar mayores detalles respecto a la detención del ciudadano y los motivos que dieron lugar a su medida.Igualmente, indica el resuelto que el 15 de marzo de este año, el pleno de la Corte citó a González a una reunión extraordinaria de trabajo y a su equipo de colaboradores, a efectos de plantearles una serie de irregularidades.