La Corte Suprema de Justicia ordenó mantener el arresto del colombiano Rubén Darío González Oliveros, a pesar que un juzgado de circuito lo absolvió de cargos por delitos relacionados con drogas y que la Fiscalía de Drogas, aún no ha presentado una apelación contra la decisión de primera instancia.
De acuerdo con el fallo de la máxima corporación de justicia, no basta que el detenido haya resultado favorecido con una sentencia absolutoria para sustituirle la detención preventiva por otra medida cautelar, sino que es menester considerar además, que tratándose de delitos de gran impacto social, se pueda asegurar su presencia dentro del proceso ante su posible salida del país.
Según la decisión se ha establecido que el procesado es extranjero y no mantiene ningún vínculo familiar o de negocio en el país, por lo que no existe garantía que las medidas cautelares distintas a la detención preventiva resulten adecuadas a fin de asegurar su presencia aquí.
También señala que la medida cautelar busca que el imputado esté accesible al tribunal y no haya riesgo de fuga, por lo que en el presente caso lo procedente es mantener la detención preventiva hasta tanto el proceso sea fallado definitivamente.
No obstante, en este caso el magistrado Alberto Cigarruista emitió un salvamento de voto bajo el argumento que dentro de las piezas procesales no se observan elementos que demuestren la supuesta asociación del prenombrado González Oliveros con las personas que entregaban las drogas.
Cigarruista alega no compartir el mantener la detención preventiva de González Oliveros, ya que dentro del expediente se estableció que este mantenía residencia en Villa de Las Fuentes y puede ser objeto de una medida cautelar diferente a la detención preventiva.
A su vez esta también podría ser reemplaza con la obligación de presentarse periódicamente ante el tribunal ante la eventualidad que la fiscalía presente una apelación de la decisión emitida por el juzgado en primera instancia.