La empresa Azucarera La Estrella deberá cumplir con el pago de B/.423,526 en concepto de cuotas obreros patronales y decimotercer mes a los trabajadores agrícolas, dejadas de cancelar entre los años 1991 a 1995, de acuerdo con un fallo de la Sala Tercera Contencioso Administrativa.
La decisión de la Corte se fundamenta en que en una auditoría realizada a la empresa se estableció que los jornaleros prestaron sus servicios en el campo por espacio de tres meses y más, lo que de acuerdo con el Código de Trabajo los hace merecedores a que les paguen las cuotas de la Caja de Seguro Social (CSS).
Según el informe elaborado por la CSS, los trabajadores de campo que laboran durante la época de zafra en la Compañía Azucarera La Estrella califican dentro del régimen de trabajadores permanentes, por lo que se les debe cancelar sus cuotas.
En tanto, el Procuraduría de la Administración estimó que para los efectos del seguro social se considerarán permanentes los trabajadores al servicio de explotaciones agrícolas que trabajen al menos tres meses al año.