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De $50 a $1,500 dólares a quien permita que niños manipulen bombitas

La ley aprobada señala que los menores que sean encontrados manipulando, vendiendo, portando o utilizando artefactos pirotécnicos, fuegos artificiales, les será decomisado el producto.


 

La Alcaldía de Panamá, prohibió a los menores de edad la compra y manipulación de artefactos pirotécnicos y estableció multas que van de 50 a 1,500 balboas para los padres, adultos o tutores que permitan el uso de estos artículos a quienes no hayan llegado a la mayoría de edad.

 

 

Lo anterior se encuentra establecido en el  Decreto Alcaldicio número 2577, por el cual se regula el expendio de artefactos pirotécnicos o explosivos y establece multas a los infractores que incurran en la violación de esta normativa.

 

La ley aprobada señala que los menores que sean encontrados manipulando, vendiendo, portando o utilizando artefactos pirotécnicos, fuegos artificiales, les será decomisado el producto y serán puestos a las autoridades de familia, mientras que su padre o tutor será sancionado.

 

 

El decreto prohíbe además la venta al por menor y ambulante de los conocidos cohetes, petardos, voladores, volcanes, fuegos artificiales o cualesquier otro artefacto pirotécnico y solamente los establecimientos que obtengan la licencia otorgada por la alcaldía pueden dedicarse a la actividad.


No obstante en caso de que el establecimiento sea sorprendido vendiendo artículos pirotécnicos a menores de edad o a personas en estado de embriaguez, las autoridades le decomisarán el producto, le revocarán el permiso de venta y se le impondrá el máximo de la multa establecida.

 

 

La Alcaldía de Panamá recuerda además que esta prohibido el uso de bombitas y demás artículos dentro de residencias y a una distancia no menor de 500 metros, así como también en lugares próximos a hospitales, centros educativos, clínicas o edificios públicos.


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1005865
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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