Nación

Decisión atenta contra periodismo


La decisión del Tribunal Electoral (TE) de cancelar el SVI a los medios de comunicación social lejos de facilitar la labor de informar se convierte en un obstáculo que los profesionales de la pluma deben sortear, aseguró el presidente del Sindicato de Periodistas de Panamá, Rolando Gittens.
Para el presidente del Colegio Nacional de Periodistas (CONAPE), Luis Polo Roa, se hace indispensable que las autoridades del Tribunal Electoral recapaciten y que ofrezcan las explicaciones del caso.
"Esta es una decisión claramente atentatoria contra la libertad de información ejercida por los medios y que promueve un ambiente de secretismo", aseguró, el abogado Miguel Antonio Bernal.


El Tribunal Electoral emitió el pasado 25 de octubre el Decreto No. 28 que modifica el Decreto 10 y advierte a los medios de comunicación que le cancelará "inmediatamente" el servicio al que publique la foto de las cédulas de identidad personal suministradas por esta red.
Este servicio es comprado por varias empresas privadas, bancos e instituciones públicas al Tribunal y el dinero recaudado es depositado en el Fondo de Reserva Especial de la institución para cubrir sus gastos.
Las tarifas van desde B/.1 por cada consulta que se haga a la red que no excedan las 10 mil, de 10 mil hasta 30 mil se pagarán B/.10 mil y 75 centésimos por cada cédula en exceso de 10 mil, de 30 mil a 60 mil, B/.25 mil más 50 centavos por cada cédula en exceso de 30 mil y de 60 mil en adelante, B/.40 mil, más 10 centavos por cada que sobrepase los 60 mil.


El Tribunal y la Presidencia de la Editora Panamá América intercambiaron notas sobre la legalidad de la publicación de fotos provenientes del SVI. Las quejas empezaron al día siguiente que este diario publicó en su portada del 19 de mayo pasado la cédula que obtuvo de manera irregular el presunto narcotraficante colombiano, Pablo Rayo Montaño.
La directora ejecutiva del Tribunal, Yara Campos, le solicitó el 26 de junio pasado a la Presidencia de este diario que no publicara la foto de las cédulas obtenidas del SVI y planteó que el artículo 577 del Código de la Familia prohíbe reproducir imágenes sin el consentimiento de su titular.
El Panamá América le recordó a Campos el 29 de junio que el artículo 577 también plantea que "se exceptúan de lo anterior las imágenes que se difundan con fines noticiosos, de interés público o cultural, con base en el respeto de la dignidad humana".

 


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260066
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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