Nación

Decreto deja claras las sanciones


Toda persona natural o jurídica propietaria de negocios, vivienda, edificio, o establecimientos de cualquier índole tiene la obligación de mantener completamente limpio y pintado el frente de su local o propiedad.
Así lo establece el Decreto No. 2025 al que hace alusión el coordinador de Corregidores, Eliécer Barsallo.
El funcionario explicó además, que los establecimientos comerciales que generen desperdicios que no pueden ser recogidos por el Dirección Municipal de Aseo Urbano y Domiciliario (DIMAUD) deberán proveerse de compactadoras u otras formas de recolección.
El decreto también señala que queda terminantemente prohibido arrojar deperdicios de cualquier clase en aceras, plazas, quebradas y playas.
Igualemente se prohíbe abandonar automóviles, recipientes viejos, colchones y animales muertos.


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101 años de Panamá América

 
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