LUEGO DE más de dos meses de esperar el paquete real de reformas fiscales, la incógnica fue develada por el ministro de Economía y Finanzas, Ricaurte Vásquez.
En el renglón de ingresos gravables quedan registrados todos los ingresos que perciba la empresa de su actividad, siempre y cuando no procedan de ventas de producto de exportaciones, o igualmente los intereses u otros dividendos obtenidos en el mercado financiero.
Otro punto que fue muy discutido fue el del impuesto que tienen que pagar las sociedades anónimas. En este aspectos se estableció el pago a realizar la primera vez.
A partir del segundo año, estas sociedades tendrán que pagar un impuesto de 350 dólares anual, igual que la tarifa que pagan las sociedades anónimas en Islas Vírgenes.
También se aumenta el recargo por reactivación a las sociedades suspendidas por morosidad de 250 dólares a 500 dólares.
Por otra parte, se mantiene la exoneración del Impuesto de Transferencia de Bienes Muebles y Servicios (ITBMS), a los restaurantes de comida popular, siempre y cuando no vendan licor en el establecimiento, confirmó Rolando Mirones, viceministro de Finanzas.
En este punto, los representantes de los restaurantes han explicado que se puede analizar otra propuesta que no clasifique los restaurantes populares por la venta de licor.
Los incentivos establecidos para las empresas dedicadas a la reforestación queda eliminada como ley, sin embargo, a los ya inscritos en el registro forestal se les mantendrá la posibilidad de importar libre de impuestos sus insumos y no pagar ISR por las ganancias que puedan obtener al corte final de la plantación.
Según Vásquez, estos son los cambios esenciales hechos al proyecto borrador de las reformas y enfatizó que se mantiene el aspecto de la territorialidad, al igual que la intención del gobierno de eliminar los incentivos otorgados a algunos sectores, ya que estas exoneraciones no han cumplido con el cometido de generar un crecimiento en el empleo que auguraban aquellos sectores que propiciaban esas exenciones.
Sobre el concepto de territorialidad Vásquez precisó que toda renta generada en Panamá es sujeto de renta y todo ingreso que se genera en el extranjero no es gravable en nuestro país.
En este sentido explicó que se ha encontrando una gran cantidad de cuentas de chequera en Panamá que pueden ser liquidadas a través de bancos locales y la cuenta está domiciliada en algunos de los otros paraísos fiscales extranjeros.
"Lamentablemente existe una gran cantidad de personas y de empresas que han estructurado toda su ingeniería fiscal a través del sistema por el cual el mecanismo de cheques en cuenta extranjera se califica para los efectos propios como si fuera una retribución de fuentes extranjeras", indicó.
(Proyecto de Ley N°64, Por el cual se implementa un programa de equidad fiscal)