Una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 59 de 29 de diciembre de 1999 que eliminó la facultad del Ministerio Público para investigar los delitos de enriquecimiento ilícito y la trasladó a la Contraloría, previa presentación de prueba sumaria, fue promovida ayer por el abogado Silvio Guerra ante la Corte Suprema de Justicia.
Guerra presentó el recurso bajo el argumento que la Asamblea Legislativa aprobó la prescripción constitucional que establece como atribución exclusiva del Ministerio Público perseguir los delitos y contravenciones de disposiciones legales.
De acuerdo con el abogado, el ordenamiento jurídico nacional regulado por el Código Judicial señala que el Ministerio Público será ejercido por el Procurador General de la Nación, el Procurador de la Administración, los fiscales y personeros, y también se establece que los agentes de ese organismo podrán ejercer por delegación las funciones del jefe del Ministerio Público.
Establece que siendo así las cosas, el artículo 1988 del Código Judicial, acorde con el numeral 4 del artículo 217 de la Constitución no faculta a ninguna institución ni permite a ningún otro funcionario de la administración pública, sea un ministerio o entidad autónoma, a ejercer funciones de investigación y persecución de delitos.
Aseguró que en ningún caso la Contraloría ni la Dirección de Responsabilidad Patrimonial (DRP) son funcionarios de instrucción y ni siquiera, una excepción de la ley, les reconoce esa competencia o atribución.
También señala que el artículo 276 de la Carta Magna establece que la Contraloría no tiene la función de investigar ni perseguir delitos, por lo contrario, tiene facultades legales para impulsar demandas de inconstitucionalidad o de ilegalidad.