La tarifa telefónica básica residencial de B/.6.27 quedará "extinguida" a partir del 31 de diciembre y el usuario deberá optar por la estándar de B/.11.95, la Premium de B/. 32.95 o la Tele Prepago, a falta de una Ley de Servicio Universal.
Según el vicepresidente de Asuntos Corporativos de la empresa Cable and Wireless Panamá (CWP), Roberto Mendoza, a poco menos de 15 días para que concluya el año y por consiguiente el periodo establecido en el contrato de concesión, no existe adelanto por parte del Estado en promulgar una ley que evite la medida.
Explicó que la addenda 1 que modifica la cláusula 40 del Contrato de Concesión señala que "la obligación de proveer el servicio de telefonía básica a la tarifa de acceso universal se extinguirá un año después de concluido el período de exclusividad temporal para el servicio 101", es decir, el 1 de enero de 2004.
Sin embargo, dijo que la empresa no puede crear nuevas tarifas sin la autorización del Ente Regulador de los Servicios Públicos y que la alternativa para el usuario sería acogerse a los planes ya establecidos en CWP.
Advirtió que esta situación no se puede evitar, a menos que se promulgue una ley que requiera a todos los concesionarios que contribuyan de manera equitativa y no discriminatoria a los costos de prestar el servicio a dicha tarifa o que los costos del servicio provengan de fondos designados en los presupuestos generales del Estado.
Mientras que con 30 centésimos se cubren las inversiones y gastos de la red de distribución y comercialización. Los precios por la distribución y la comercialización, incluidos en las tarifas eléctricas vigentes, se mantienen prácticamente iguales y no se afectan por la variación en el costo de los combustibles.
Los ajustes semestrales, en su mayor parte, son para hacerle frente a las diferencias de costos que se dan por la compra de energía. En este proceso de compra de energía, las empresas distribuidoras actúan únicamente como compradores-cobradores de la generación y del transporte.