Con la Resolución N° AL-349 del 19 de noviembre de 2015, por la que se adopta el procedimiento para la prestación del servicio de remoción de vehículos con grúas por infracciones al Reglamento de Tránsito, se contempla que las empresas deben contar con un seguro de responsabilidad civil, así como un sistema de despacho del servicio que será controlado desde el 311.
Ulises Calvo, asesor legal de la ATTT, asesor legal de la ATTT, dio a conocer que por medio del 311 se contará con una plataforma tecnológica que será de uso obligatorio por las unidades policiales de la Dirección de Operaciones del Tránsito y por los inspectores de la institución, a través de la cual podrán brindar el despacho de grúas de las empresas que estén debidamente autorizadas por la Autoridad.
“Esto ayuda a despersonalizar el despacho y que se sienta que hay un sistema serio que está dando un orden de prelación y control para las llamadas”, indicó Calvo en Telemetro.
La persona no está obligada a pagar por el servicio en el caso de que la empresa que lo haya asistido no sea llamada o autorizada por medio del 311. Esto se convertirá en una forma de sancionar a quienes incumplan con esta medida.
Esta herramienta se estima esté operando el próximo mes de enero, luego del refrendo del convenio entre la ATTT y la Autoridad de Innovación Gubernamental.
Para el caso del seguro, Calvo dijo que las empresas de grúas deberán anexar a sus servicios la póliza para cobertura durante almacenaje, traslado y custodia del vehículo.
Con esto se busca brindarle una seguridad al ciudadano al momento de necesitar que su auto sea trasladado por comenter alguna infracción al Reglamento de Tránsito.
A nivel nacional hay más de 60 empresas autorizadas por la ATTT prestando el servicio de grúas en 66 patios.