Nación

Directiva de la Asamblea confeccionará presupuesto


A pesar del fallo de la Corte Suprema de Justicia que declaró inconstitucional que el presupuesto de inversiones de la Asamblea Legislativa no sea inferior al del año anterior, Laurentino Cortizo, presidente de este órgano del Estado, advirtió que le corresponderá a la Junta Directiva confeccionar el presupuesto, tal como establece el artículo 30 del Reglamento Interno. Cortizo sostuvo que la Asamblea respetará el fallo de la Corte, que es "inapelable", sin embargo, aclaró que es potestad de la Junta Directiva del Legislativo confeccionar el presupuesto.
Precisó que los fallos de la Corte son inapelables y al final de cuenta le da una parte muy positiva a la Asamblea porque han declarado que las partidas circuitales no son inconstitucionales. Cortizo dijo que el fallo de la Corte no hubiera afectado a su administración, puesto que la misma tuvo un presupuesto inferior a la anterior en varios millones de balboas.
Sustentó que el Artículo 30 del Reglamento Interno determina que la Junta Directiva de la Asamblea establecerá el funcionamiento de cada uno de sus miembros y confeccionará su presupuesto y lo enviará al Organo Ejecutivo para su inclusión en el Presupuesto General del Estado.
"Somos respetuoso de la separación de los poderes del Estado y el presupuesto de la Asamblea lo determina la Junta Directiva y no el Organo Ejecutivo", enfatizó Cortizo. La Corte declaró inconstitucional el primer párrafo del artículo 247-A del Reglamento Interno, en base a las demandas interpuestas por Nánder Pittí y el ex ministro de Estado, Mario Galindo.
Según la Corte, el condicionamiento impuesto por la Asamblea de que sus partidas circuitales no pueden ser inferiores a las del año anterior, constituye una limitación a la potestad constitucional asignada al Organo Ejecutivo.
Por su parte, el legislador José Alberto Rosas opinó que el fallo desvirtúa las acusaciones que hizo la legisladora demócrata cristiana, Teresita de Arias y reafirma que es potestad del Ejecutivo el manejo de los fondos del Estado.
Indicó que esto es una reafirmación a lo dispuesto en el artículo 264 de la Constitución que señala que es función exclusiva del Ejecutivo el diseño y administración del Presupuesto General del Estado. En opinión del legislador Rosas, este fallo de la Corte no puede tener repercusión alguna sobre el presupuesto de la Asamblea Legislativa de este año, pero sí podría tenerlo en el del 2002.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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