Nación

DRP está facultada para citar a Pérez B., Weeden


El contralor Alvin Weeden reafirmó que la Dirección de Responsabilidad Patrimonial (DRP) tiene la competencia constitucional para citar al ex presidente Ernesto Pérez Balladares, a que se notifique y proporcione documentos y elementos que acrediten sus descargos en las investigaciones, por el presunto delito de lesión patrimonial en el caso PECC.
Weeden, al contestarle ayer una nota al abogado Héctor Infante, defensa de Pérez Balladares, indicó que se han confundido las normas aplicables en materia de notificación, en la fase de una investigación o auditoría dentro del proceso de responsabilidad patrimonial.
El jueves, la defensa del ex mandatario interpuso ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) un amparo de garantías constitucionales en contra del acto de notificación mediante edicto en puerta para que Pérez Balladares sea notificado de las investigaciones y su citación.
"Su opinión es que el señor Pérez Balladares no debe presentarse a la Contraloría a proporcionar los documentos de juicio que estime conveniente, debo señalarle que al brindarle la oportunidad de descargo a todas las personas involucradas, nuestra institución se ciñe al cumplimiento del trámite previsto en la ley", expresó el contralor Weeden en el referido documento.
En el amparo, la defensa de Pérez Balladares consideró que la medida de la Contraloría es improcedente y que fallos anteriores de la corporación de justicia le han dado el favor al ex mandatario contra esos edictos en puerta.
Mientras en la referida carta, el contralor censuró y consideró como irrespetuosa la actuación del abogado al enviarle una carta donde le hace entender que sus investigaciones no son legales.
En cuanto a la recusación presentado por la defensa del ex presidente, donde se expresa que la autoridad competente de hacer las investigaciones no es la Contraloría, Weeden reiteró que es improcedente.
Señalando que "en consecuencia, en el presente caso, el contralor, que no es la autoridad que debe decidir el proceso de responsabilidad patrimonial, no tiene que declararse impedido, por ende no tiene asidero legal la recusación".
Concluyó que su despacho tiene competencia constitucional, legal y reglamentaria, para realizar las investigaciones tendientes a determinar la corrección o incorrección de las operaciones que afecten o pueden afectar patrimonios públicos, tal como se le acusa a Pérez Balladares.


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143005
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101 años de Panamá América

 
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