Nación

Edificios y jardines por conservar dentro de la institución


Más detalles del documento obtenido señalan que "La Dirección Nacional de Patrimonio Histórico opina que el Hospital Santo Tomás sin duda merece el rango que ha adquirido como monumento nacional".
Esta opinión se soporta en algunas consideraciones. Una de ellas apunta a que "El Hospital Santo Tomás es la institución hospitalaria más antigua de Panamá, pues se remonta a los últimos años del período colonial, cuando fue fundado el hospital homólogo cerca de la Iglesia de Santa Ana".
La segunda consideración señala que "el actual complejo hospitalario es uno de los mayores logros en materia de salud del Panamá Republicano, y fue planificado con una visión excepcional".
En tercer término se considera que "el complejo hospitalario representa uno de los conjuntos arquitectónicos y urbanísticos más significativos del país, y es sin duda el mejor de su época, tanto por la calidad de los diseños individuales como por la claridad del concepto urbanístico".
En vista de lo anterior, sigue el documento, "la zona monumental del complejo hospitalario debe incluir como mínimo los edificios contemplados en el proyecto original", y estos son: El edificio principal, el edificio de Farmacia y Laboratorios, y el Edificio de Consulta Externa.
Completan el grupo mencionado el Pabellón de Dermatología, Neumología y Psiquiatría, El Pabellón de Victoriano Lorenzo, y el Edificio de Administración Antigua Sección H.
Quedan fuera los edificios más recientes, incluyendo algunos de arquitectura pre-moderna, y los edificios situados al otro lado de la Calle 37 (lavandería, mantenimiento, etc.) Los jardines situados entre la Avenida Balboa y los edificios No. 1 y 2 serían también parte integral de la Zona Monumental.
En el documento se citan dos artículos importantes de la Ley 14 de 1982. La Dirección de Patrimonio Histórico deberá aprobar todo proyecto de obra que se realice en áreas adyacentes de un monumento nacional o histórico, para prevenir el deterioro o desmejoramiento del mismo (art. 39).
La Dirección Nacional de Patrimonio Histórico deberá aprobar previamente todo proyecto de restauración u obra de conservación de los monumentos nacionales o históricos y velará porque tales obras no comprendan la alteración de los mismos ni desfiguren su identidad.
Asimismo, procurará conservar el medio ambiente propio del sitio donde se encuentre emplazado el monumento histórico (art. 40).
Conforme a las reflexiones lanzadas en el documento, de estos artículos citados, derivan deberes para los administradores del complejo hospitalario. Algunos de los edificios de valor histórico están en mal estado, otros han sido desvirtuados por remodelaciones y adiciones que merman la calidad de la arquitectura original.
Entre los ejemplos citados que demuestran lo anterior se mencionan el Edificio de Farmacia y Laboratorio, que está en un abandono casi total, el edificio de consulta externa que tiene una adición nada agradable a la vista a un costado.
El edificio "Victoriano Lorenzo" que originalmente era igual al de consulta externa, ha sido desvirtuado por adiciones y remodelaciones que no tomaron en cuenta el diseño original.
Restituir el espíritu del diseño original del Hospital Santo Tomás "debe ser un objetivo, aunque a largo plazo", dice el informe.
Los edificios que no forman parte del grupo monumental tampoco pueden adquirir una forma que perjudique los que tienen valor histórico. Este es el "medio ambiente" del cual habla la Ley, el cual incluye también las áreas verdes y las vías internas del complejo hospitalario, explica el informe.


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42235
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
101 años Panamá América