El pago vence el 15 de marzo, sin embargo, quienes no puedan cumplir hasta la fecha anunciada, podrán solicitar una prórroga que la DGI concede hasta el 15 de mayo.
Las personas jurídicas, tienen hasta el 31 de marzo, para presentar su declaración de renta jurídica, Esta prórroga se concede sobre la presentación de la declaración, hasta el 31 de mayo, no se concede prórroga del pago el cual vence el 31 de marzo.
La DGI, recordó que los trámites se pueden realizar a través del sitio web www.dgi.gob.pa para ello necesitan el Número de Identificación Tributaria (NIT) que también pueden obtener a través de la página electrónica precitada.