Los delegados de los demandantes en el proceso al Estado panameño en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en Costa Rica, por el supuesto despido arbitrario de 270 trabajadores estatales mediante la Ley 25 de 1990, calificaron de extemporánea la propuesta del gobierno de la presidenta Mireya Moscoso, de llegar a un acuerdo fuera de los tribunales.
Alfredo Berrocal, secretario de Defensa de la Federación Nacional de Servidores Públicos (FENASEP) y quien participó en la audiencia como testigo, argumentó que ya es tarde para pensar en arreglos fuera de los tribunales y que se afecte la imagen internacional de Panamá, considerando que es casi un hecho inminente que la Corte emita un fallo favorable a su gremio, por lo que esperan que la demanda interpuesta contra el Estado panameño llegue a su final.
Berrocal dijo sentirse "confiado y optimista" que la Corte Interamericana de Derechos Humanos falle a favor de los despedidos por el entonces presidente Guillermo Endara, bajo la premisa de que formaban parte, el 5 de diciembre de 1990, del movimiento golpista encabezado por el coronel Eduardo Herrera, quien fungía como director de la Policía Nacional.
"Nos sentimos optimistas en cuanto al resultado y al veredicto de los jueces, porque en la audiencia quedó demostrado que el Estado Panameño no tenía argumentos para rebatir los alegatos de los abogados de la Corte. Pienso que al final las víctimas de la denominada Ley 25 de 1990 serán resarcidas", destacó Berrocal.
Dijo además que se espera que el fallo sea emitido antes que concluya el presente año, "ya que en este momento se está en la etapa de transcripción de alegatos, los cuales tendrán que ser evaluados por esta instancia judicial".
En tanto, Humberto Ricord, quien participó en la audiencia como perito nombrado por la Comisión de Derechos Humanos, manifestó que luego de lo expuesto por los abogados de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y las declaraciones y argumentos de los testigos, así como la pruebas presentadas, todo parece indicar que se emitirá un fallo a favor de los trabajadores.
Por su parte Jorge Federico Lee, abogado del Estado panameño, dijo que Panamá dejó claramente establecido que el caso de los trabajadores despedidos no debe ser tratado como un proceso laboral.
Agregó que la posición estatal estuvo limitada a considerar si en la aplicación de la Ley 25 de 1990 existió o no una violación a los derechos humanos consagrados en el Pacto de San José, de la Convención Interamericana de Derechos Humanos de 1969.
Dijo además que el Estado panameño rechazó la petición de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de que la Corte falle el caso aplicando el Protocolo de San Salvador sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que entró en vigor en 1999, porque los hechos sujetos a revisión ocurrieron en 1990.
Mientras, Manrique Mejía, quien viajó a la Corte como testigo de los trabajadores, manifestó que "traemos las mejores expectativas porque como se desarrolló la audiencia, se demuestra que hemos tenido la razón".
Señaló además que es una pena que los representantes del Estado panameño no manejen la materia de la Convención de Derechos Humanos ni el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, situación que quedó demostrada cuando daban muchas vueltas fuera del contexto real de lo que se estaba discutiendo, que no era juzgar la vinculación de los trabajadores con el supuesto dirigente golpista Eduardo Herrera "sino que lo que se estaba juzgando era que sin o con la aprobación de la Ley 25, el gobierno había violado los derechos humanos de los 270 trabajadores".
También dijo que lastimosamente el gobierno dejó pasar la posibilidad de realizar un arreglo con los trabajadores.
"Estamos en la espera del fallo que debe ser condenatorio y después entrar en la etapa de reparaciones que serán trabajadas de manera conjunta entre los abogados de los trabajadores y los abogados del gobierno", añadió.
Por su parte el jurista Julio Berrío aseguró que al Estado panameño le faltó asesoría de expertos en materia de tribunales internacionales, durante el proceso que mantuvo con los trabajadores destituidos.
Estimó Berrío que no hay que hacer mucho escándalo con esta situación, pues en otras latitudes, países como Gran Bretaña y Bélgica han sido condenados por situaciones similares.
En tanto, una fuente del Colegio Nacional de Abogados opinó que si el fallo es condenatorio, el Estado panameño no podrá evadir el pago de la indemnización solicitada por los trabajadores, y que de negarse a cumplir o intentar rehuir la responsabilidad, podría acarrear para el país una sanción mayor.