DespenalizaciónCuando en mayo de 2007 se aprobó el nuevo Código Penal quedó muy claro en su artículo 193 que los altos funcionarios del Estado y aquellos de elección popular no podrían iniciar procesos penales en defensa de su honra.
RecomendaciónLa adopción de esta nueva óptica se dio siguiendo los estándares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que recomienda dirimir esos conflictos sólo en la esfera del derecho civil, en aras de la defensa de la libertad de expresión.
TozudezSin embargo y aunque parezca mentira, las fiscalías del Ministerio Público, sin que haya pena y por lo tanto sin existir delito, están iniciando procesos por querellas presentadas al margen de lo dispuesto en la nueva legislación.