Intimidad. Uno de los derechos fundamentales de las personas, reconocidos por todas las convenciones internacionales sobre derechos humanos y por la Constitución y las leyes de Panamá, es el derecho a la intimidad y a no ser molestadas en sus fueros internos.Penas. El Procurador General aduce, con verdad, que el delito de extorsión está más severamente penado que el de la interceptación ilegal de comunicaciones. Ética. El hecho que trasciende de este caso no es jurídico penal sino ético. El Procurador de la Administración habría cometido y ordenado una grave violación a la intimidad de sus subalternos, lo que no es asunto de poca monta.