Nación

El Universal busca arreglo de pago con la CSS

Directivos del rotativo deberán cancelar el 15% de la morosidad esta semana.


Administrativos del diario El Universal se reunieron ayer con representantes de la Caja de Seguro Social (CSS) para evaluar un compromiso de pago de la cuota obrero-patronal que adeuda el medio informativo.
Juan Jované, director de la CSS, evitó especificar el monto de lo adeudado, aduciendo que la ley no permite dar esa información. Aunque se especula que la cifra supera los B/.600 mil.
El funcionario dijo que cualquier arreglo de pago -que sería equivalente al 15% de lo adeudado-, debe ser logrado esta semana. Agregó que el saldo debe ser cancelado en un período de 24 meses sin caer en descuido de las obligaciones regulares.
Asimismo negó que se vaya a levantar el embargo sobre los bienes cautelados a El Universal, debido a que ello representa una garantía de cobro sobre el monto adeudado.
En cuanto a otras empresas que adeudan exorbitantes cifras de dineros a la CSS en concepto de cuotas obrero-patronal, Jované expresó que ya se ha girado instrucciones para ser más enérgicos con estas compañías, por lo que la acción primaria será la cautelación.
Respondiendo a cuestionamientos de por qué la entidad espera que la morosidad de una empresa aumente antes de proceder con la cautelación de los bienes, expresó que se ha procedido de esa manera para evitar el cierre de múltiples compañías, "sobre todo en un momento económicamente difícil como el actual".
Sostuvo que la CSS no tiene vocación como administradora, por lo que quieren asegurar la recuperación de los fondos de la entidad y no llenarse administrando empresas.
"Tratamos de que primero se haga el apremio, luego el acuerdo de pago y finalmente la cautelación. No vamos a administrar todos los bienes del mundo, pero sí a asegurar los bienes que pertenecen a la CSS", insistió Jované.
Por ello, precisó que cualquier acción estará dirigida a recuperar recursos líquidos que son propios de los programas de Invalidez, Vejez y Muerte y de Enfermedad.
Según el director de la CSS, la campaña emprendida por la entidad para lograr la recuperación de millones de dólares morosos, dio como resultado que sólo el año pasado se recuperaran B/.50 millones y se evitó que esa deuda se incrementara en B/.80 millones.
Juan Jované instó a la ciudadanía a denunciar las empresas que no pagan cuota, "ya que si a una persona no le entregan su ficha dentro de los primeros 15 días del mes eso es un indicativo que (la empresa) no está pagando su cuota", alertó.
Los afectados pueden llamar gratuitamente a la línea 800-0016 para que la CSS realice la auditoria pertinente.
"No se ha creado ese espíritu de colaboración entre el gremio", denunció Narbona, ganador de varios premios de la SPIA y en el ámbito internacional.
Según Narbona, al no existir una ley que incentive a los propietarios de monumentos con diseños antiguos, se está perdiendo un tipo de arquitectura en la ciudad de Panamá.
Manifestó que esa situación está ocurriendo en el barrio de Bella Vista, sitio donde existen estructuras que representan otra etapa de la arquitectura que se vivió en Panamá y que por falta de incentivos a sus propietarios, se está perdiendo.
Destacó que el Estado, ante el hecho de que no puede comprar todas las propiedades, debe dar un incentivo a propietarios de algunas viviendas con arquitectura antigua en Bella Vista para preservar ese tipo de diseño. Esto también permitiría, según Narbona, que se vaya preservando una arquitectura de otra época.
Destacó que con un sistema así se podría proteger los intereses del autor, y los del propietario, que están desprotegidos en el momento que no hay incentivos para preservar el bien.
La propiedad intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente: las invenciones, las obras literarias y artísticas, los símbolos, los nombres, las imágenes y los dibujos y modelos utilizados en el comercio.
La propiedad intelectual se divide en dos categorías: la propiedad industrial, que incluye las invenciones, patentes, marcas, dibujos y modelos industriales e indicaciones geográficas de origen; y el derecho de autor, que abarca las obras literarias y artísticas, tales como las novelas, los poemas y las obras de teatro, las películas, las obras musicales, las obras de arte, tales como los dibujos, pinturas, fotografías y esculturas, y los diseños arquitectónicos.
Los derechos relacionados con el derecho de autor son los de los artistas, intérpretes o ejecutantes sobre sus interpretaciones o ejecuciones, los derechos de los productores de fonogramas sobre sus grabaciones y los derechos de los organismos de radiodifusión sobre sus programas de radio y de televisión.
La Ley No. 15 de 8 de agosto de 1994 por la cual se aprueba la ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos y se dictan otras disposiciones en su Capítulo III relacionado con las obras de arquitectura establece en su articulo 19:
"El autor de la obra de diseño de arquitectura o diseñador no puede oponerse a las modificaciones que se hicieren necesarias durante la construcción de la obra o con posterioridad, pero el autor de la obra de arquitectura debe ser consultado sobre las modificaciones que se hicieren necesarias durante la construcción o con posterioridad a ella y tendrá preferencia para el estudio y realización de ésta.
En cualquier caso, si las modificaciones se realizaren sin el consentimiento del diseñador, éste podrá repudiar la paternidad de la obra modificada y quedará vedado el propietario, para invocar en lo futuro el nombre del autor del proyecto original, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones establecidas en la presente Ley".
El Código de Etica de la Sociedad Panameña de Ingenieros y Arquitectos ( SPIA) establece que son contrarios a la ética los actos siguientes: "revisar, alterar o utilizar ideas, planos o documentos técnicos sin el consentimiento de sus autorías".


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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