Nación

Es improcedente extradición de Arosemena


El abogado Sidney Sittón alegó que la petición de extradición contra su cliente Rafael Arosemena realizada la pasada semana ante las autoridades mexicanas por el procurador José Antonio Sossa está carente de sustento legal, debido a que la Convención Interamericana Contra la Corrupción invocada para lograr su arresto fue ratificada posterior al año de 1987, fecha en que supuestamente fueron cometidos los delitos.
Sittón alegó que Arosemena goza del status de asilado político, el cual fue recientemente ratificado por las autoridades mexicanas, por lo que cualquier petición realizada por el Ministerio Público será improcedente.
También detalló que el procurador Sossa carece de competencia para solicitar la extradición de Arosemena, debido a que el funcionario facultado por la ley para realizarlo es el juez que emitió la sentencia condenatoria.
Alegó que el procurador Sossa sólo podía ejercer esta acción cuando el proceso se encontraba en fase de instrucción. También estimó que esta petición nace a solicitud de un funcionario que no está facultado por las leyes panameñas para ello.
A la vez indicó que su cliente fue condenado en ausencia por los tribunales, mientras se encontraba en los Estados Unidos Mexicanos, a pesar que mantenía la calidad de asilado político, hecho que es contrario al debido proceso legal, que es base de la Convención Americana sobre Derechos Humanos que es ley de la República de Panamá.
Detalló que recientemente se aprobó una legislación que impide el enjuiciamiento de procesados en ausencia, que no hayan tenido la oportunidad estar presentes en el proceso y tener la oportunidad de defenderse. Rafael Arosemena mantiene una serie de condenas por el delito de peculado en perjuicio del Banco Nacional de Panamá, que de acuerdo con el Ministerio Público ascienden a la suma de B/.13 millones.


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Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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