Nación

Es ley norma que regula información crediticia

En ella se establece el derecho a indemnización para aquellas personas que por culpa del agente económico o la agencia de información sufran algún tipo de daño.


La norma que regula el servicio de información crediticia ya es ley de la República, luego que ayer fue publicada en la Gaceta Oficial. Como aspectos más importante de la llamada Ley No. 24 se desprende la prohibición de incluir en las bases de datos de las agencias de información el historial de pago de los usuarios de los servicios públicos residenciales de telefonía, electricidad, agua, alcantarillado y recolección de basura.
Los nombres de las personas naturales que representan a personas jurídicas, tampoco podrán ser introducidos a la base de datos, a menos que esas personas jurídicas estén involucradas en las transacciones de créditos correspondiente.
Lo mismo ocurrirá con los fiadores o codeudores, si previamente no se le ha comunicado de forma escrita su calidad de responsable por el compromiso del deudor principal.
Además, la Ley establece el plazo de siete años para la prescripción de los datos sobre historial de créditos de los consumidores que no hayan cumplido con sus obligaciones. Este tiempo será contados a partir del último pago realizado por el consumidor o cliente o del incumplimiento en caso de que no se haya realizado pago alguno.
La norma también expresa los compromisos de los clientes, como el suministro de información veraz de sus datos personales a los agentes económicos. Para el caso en que la agencia de información de datos introduzca de manera errónea información inexacta, equívoca, incompleta, falseada o atrasada del cliente y éste lo conozca, podrá exigir la rectificación o cancelación de lo aparecido.
Se establece el derecho a indem- nización para aquellas personas que por culpa del agente económico o la agencia de información sufran algún tipo de daño.
La norma, que creó polémica durante su discusión en la Asamblea Legislativa al considerar algunos que restringía el acceso a la información crediticia de los consumidores, señala finalmente que el Organo Ejecutivo dispone, a través del Ministerio de Comercio, de un plazo de seis meses, contados a partir de su promulgación, para la eglamentación.
Por último, Manjarrez insta a los lectores de su libro a practicar la "regla de oro": "Traten a los demás como quieren ser tratados", tal como lo dice Mateo 7:12


fecha edicion
old id
87878
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
101 años Panamá América