El Consejo de Gabinete aprobó un proyecto que modifica la Ley 55 del 19 de julio de 1996, por la cual se autoriza el servicio de escolta y seguridad personal a expresidentes de la República y se adoptan otras medidas, y se autoriza al ministro de la Presidencia a presentar la norma ante la Asamblea Nacional.
La mencionada ley establece que los ciudadanos que hayan ejercido el cargo de presidente de la República, de conformidad con lo establecido en el artículo anterior, una vez vencido el periodo para el cual fueron elegidos, contarán en forma vitalicia con el servicio de escolta y seguridad personal; además, tendrán derecho a los servicios de una secretaria o secretario durante los cinco años siguientes a su mandato, quienes serán considerados servidores públicos y formarán parte del personal del Ministerio de la Presidencia, que fijará sus emolumentos.
Agrega la norma que el personal asignado al servicio de escolta y seguridad personal deberá ser aprobado por el expresidente.