Nación

Gobierno confirmará hechos antes de levantar cargos


El viceministro de Gobierno y Justicia, Rodolfo Aguilera, aseguró ayer que analizan la posibilidad de levantar cargos penales contra los dos centroamericanos que supuestamente trataron de desestabilizar el país y que se encuentran en Estados Unidos, pero lo hará sólo con las pruebas concretas y no con rumores y sospechas.
Indicó que tan pronto se conozca de la comisión de un hecho punible se pondrá en al tanto al Ministerio Público, "pero con todos los elementos, y no lo vamos a hacer simplemente por un rumor o una sospecha".
Aseguró que la formulación de cargos dependerá de lo que consideren las autoridades que analizan el caso.
Al cuestionársele del porqué se informó primero de las prácticas desestabilizadoras a Estados Unidos en lugar del Ministerio Público, expresó que la ley señala que un funcionario debe poner en conocimiento de las autoridades la ocurrencia de un posible ilícito.
En tanto, el canciller de la República, José Miguel Alemán, aseguró que el Gobierno en este caso estudia qué medidas va a tomar, porque según dijo, se han tipificado conductas delictivas dentro de la norma penal.
Según Narbona, al no existir una ley que incentive a los propietarios de monumentos con diseños antiguos, se está perdiendo un tipo de arquitectura en la ciudad de Panamá.
Manifestó que esa situación está ocurriendo en el barrio de Bella Vista, sitio donde existen estructuras que representan otra etapa de la arquitectura que se vivió en Panamá y que por falta de incentivos a sus propietarios, se está perdiendo.
Destacó que el Estado, ante el hecho de que no puede comprar todas las propiedades, debe dar un incentivo a propietarios de algunas viviendas con arquitectura antigua en Bella Vista para preservar ese tipo de diseño. Esto también permitiría, según Narbona, que se vaya preservando una arquitectura de otra época.
Destacó que con un sistema así se podría proteger los intereses del autor, y los del propietario, que están desprotegidos en el momento que no hay incentivos para preservar el bien.
La propiedad intelectual tiene que ver con las creaciones de la mente: las invenciones, las obras literarias y artísticas, los símbolos, los nombres, las imágenes y los dibujos y modelos utilizados en el comercio.
La propiedad intelectual se divide en dos categorías: la propiedad industrial, que incluye las invenciones, patentes, marcas, dibujos y modelos industriales e indicaciones geográficas de origen; y el derecho de autor, que abarca las obras literarias y artísticas, tales como las novelas, los poemas y las obras de teatro, las películas, las obras musicales, las obras de arte, tales como los dibujos, pinturas, fotografías y esculturas, y los diseños arquitectónicos.
Los derechos relacionados con el derecho de autor son los de los artistas, intérpretes o ejecutantes sobre sus interpretaciones o ejecuciones, los derechos de los productores de fonogramas sobre sus grabaciones y los derechos de los organismos de radiodifusión sobre sus programas de radio y de televisión.
La Ley No. 15 de 8 de agosto de 1994 por la cual se aprueba la ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos y se dictan otras disposiciones en su Capítulo III relacionado con las obras de arquitectura establece en su articulo 19:
"El autor de la obra de diseño de arquitectura o diseñador no puede oponerse a las modificaciones que se hicieren necesarias durante la construcción de la obra o con posterioridad, pero el autor de la obra de arquitectura debe ser consultado sobre las modificaciones que se hicieren necesarias durante la construcción o con posterioridad a ella y tendrá preferencia para el estudio y realización de ésta.
En cualquier caso, si las modificaciones se realizaren sin el consentimiento del diseñador, éste podrá repudiar la paternidad de la obra modificada y quedará vedado el propietario, para invocar en lo futuro el nombre del autor del proyecto original, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones establecidas en la presente Ley".
El Código de Etica de la Sociedad Panameña de Ingenieros y Arquitectos ( SPIA) establece que son contrarios a la ética los actos siguientes: "revisar, alterar o utilizar ideas, planos o documentos técnicos sin el consentimiento de sus autorías".


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82968
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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