Nación

Gobierno se compromete a revisar leyes contra la libertad de expresión


El ministro de Gobierno y Justicia, Arnulfo Escalona, se comprometió ayer con los dueños y directivos de medios de comunicación a analizar las leyes violatorias de la libertad de expresión, con miras a derogarlas.
En una reunión con Escalona, los dueños y directivos de medios expresaron su preocupación por la discusión en la Asamblea Legislativa de proyectos de ley que consideran violatorios de la libertad de expresión.
Según el ministro, la preocupación de los dueños de los medios es válida, aunque enfatizó que es en la Asamblea Legislativa en donde se está discutiendo este tema.
Para Octavio Amat, director del diario El Panamá América y vocero de los dueños de medios reunidos ayer, estas iniciativas legislativas son preocupantes, entre ellas, el “proyecto Ameglio”, al que calificó como un intento de amordazar los medios de comunicación.
Amat informó que por sugerencia de Escalona, los medios van a preparar un inventario de las leyes que son restrictivas para el ejercicio de la libertad de prensa y expresión, para tratar de derogar la mayoría de ellas.
En este sentido, el ministro enfatizó “vamos a discutirlas, vamos a buscarlas, vamos a desempolvarlas, porque este gobierno no las ha aplicado, vamos a ver dónde están y cuáles son”.
La Ley 59 de 1926 decretada por la Asamblea Nacional estableció en su artículo quinto que “la calumnia y la injuria se reputarán públicas cuando se hacen por medio de papeles impresos, litografiados o grabados, por carteles o pasquines fijados en lugares públicos, por manuscritos comunicados a más de dos personas...”


La Ley 99 de 1941 dictada por la Asamblea Nacional tuvo un contenido ambiguo que expresaba en el artículo quinto “ninguna empresa tipográfica ni periodística podrá ser clausurada, a menos que medie orden judicial por motivo de quiebra o por atentado contra la seguridad social o tranquilidad pública”, dejando al criterio del juez que atentaba contra la seguridad social, concepto dentro del cual figuraba criticar al gobierno.
Asimismo el artículo sexto obligaba a los propietarios de periódicos a depositar en el Banco Nacional mil balboas a las órdenes del Ministerio de Gobierno y Justicia para garantizar el pago de multas o indemnizaciones si fuera condenado el dueño, el director o los colaboradores de la publicación.
Y como remate, el artículo 25 contempló que “la persona que por medio de la prensa calumnie o injurie al Presidente de la República será sancionada con un equivalente al doble de la pena prevista para los casos de calumnia e injuria”.
Al producirse el golpe de Estado de 1968, la Constitución aprobada por una asamblea de representantes de corregimientos dictó artículos represivos diversos. Pero se lleva la palma de la arbitrariedad el decreto 342 de la junta provisional de gobierno, tipificando como delito de subversión pública la emisión de palabras, escritos o caricaturas que inciten a la violencia contra el gobierno nacional, y al que insulte, menosprecie o en cualquier forma ofenda la dignidad a los que ejerzan los cargos de presidente de la República, ministros, contralor, gobernadores, corregidores, alcaldes, magistrados, fiscales, comandante de la Guardia Nacional, etc. convirtiendo en intocables a las autoridades nombradas a dedo por el régimen golpista.
Asimismo se podía decretar el cierre temporal o definitivo del medio de expresión acusado del mismo delito de subversión. Era presidente de la junta provisional el coronel José María Pinilla. Entre los ministros firmantes estuvieron, Rómulo Escobar y Juan Materno Vásquez.
Uno de los más pintorescos decretos fue el número 1124 de 1952 por el cual se reglamentó el funcionamiento de las radioemisoras. El artículo 23 fijó que “ las transmisiones de radioperiódicos no podrán ser improvisadas y por lo tanto sus directores tienen la obligación de presentar al representante legal de la radiodifusora, por conducto del operador de la misma, el texto escrito y firmado por el director, de lo que va a decir en ese espacio y tiempo. En caso que no se presente dicho texto escrito, la radiodifusora y el representante legal de la misma serán solidariamente responsables”.


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102273
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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