Nación

Gobiernos locales sin control previo


La Contraloría General exceptuó a los municipios y juntas comunales del control previo en el manejo de los fondos y recursos públicos provenientes de los Programas de Desarrollo Social.

De acuerdo con la resolución aprobada por la Contraloría, los alcaldes, concejales y representantes de corregimiento estarán obligados a rendir cuentas y serán responsables de los actos de manejo de los fondos utilizados a través de los municipios y juntas comunales.

Se recomienda a estas instancias mantener dentro de sus estructuras unidades que fiscalicen que el manejo sea adecuado y de conformidad con las disposiciones vigentes.

 

La decisión de exceptuar a estos entes del control previo se fundamenta en el artículo 280 de la Constitución Nacional.

Según una resolución emitida el pasado 11 de mayo y promulgada en la Gaceta Oficial de ayer, la Contraloría General determinará los casos en que ejercerá el control previo, sobre los actos de manejo de fondos y otros bienes públicos.


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565642
Fecha y hora de publicación

101 años de Panamá América

 
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